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“JUZGADO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS SEGURIDAD – GUALEGUAYCHÚ -JUEZ CARLOS A. ROSSI ELEVA ACTAS DE INSPECCIÓN DE UNIDADES PENALES N° 9, 2, 7 – DÍAS 9, 16, 30 DE MAYO 2022” Expte. n.° 47958 – SSE 23484/2022

Resol.Trib.Sup. N°161/2022 -AAA-
///-RANA, 29 de julio de 2022.-
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se inician en virtud del oficio 81/22 (fs. 7), suscripto por el señor Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Gualeguaychú, Dr. Carlos Alfredo Rossi, por medio del cual eleva a este Superior Tribunal de Justicia las actas labradas con motivo de las inspecciones mensuales realizadas a las Unidades Penales N° 9 y 2 de Gualeguaychú y a la Unidad Penal N° 7 de Gualeguay los pasados días 09, 16 y 30 de mayo de 2022 respectivamente.
Que en relación a la inspección a la Unidad Penal n.° 9 de la ciudad de Gualeguaychú (acta. fs. 1/2), el Director del establecimiento informó respecto al número de internos e internas que componen la población penal y en que calidad se encuentran, comunicando asimismo acerca de las capacitaciones que realizan los internos. Que posteriormente, luego de manifestar haber recorrido las instalaciones del penal, el señor Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad resuelve hacer saber a este Superior Tribunal de Justicia que en función de lo apreciado en la Unidad Penal N° 9 “Granja Penal El Potrero”, no presenta problemas de sobrepoblación aunque su actual capacidad de alojamiento se encuentra colmada, funcionando plenamente los sectores de huerta y granja, carpintería, herrería, panadería, parquización, sala de faena (actualmente sólo embutidos), mecánica, chapa y pintura, costura. Respecto a la elaboración de alimentos, no se advierten reclamos generales respecto de la calidad y cantidad de la comida que se suministra.
Que en cuanto a la visita a la Unidad Penal n.° 2 de la ciudad de Gualeguaychú (acta fs. 3/4), se informó respecto a la cantidad de internos alojados en el establecimiento, niveles de educación, como asimismo de los talleres que se realizan en dicha unidad penal y se recorrieron pabellones y patios, los que se encontraron con un aceptable estado de limpieza. Que posteriormente en dicha acta, el Juez de Ejecución de Penas, resolvió hacer saber a este Alto Cuerpo que “advierte una escasa oferta laboral para los internos, como así también insuficiente capacitación que permita a los alojados acercarse a realizar un oficio y así ayude con su reinserción laboral. Reitera acerca de la decadencia edilicia que presenta el establecimiento propio de la antigüedad del edificio y que su estado impacta directamente contra los fines resocializadores de nuestro ordenamiento jurídico por lo tanto es imperioso arbitrar las medidas necesarias para remediar dicha situación”.
Que en lo que respecta a la visita a la Unidad Penal n.° 7 de la ciudad de Gualeguay (acta fs. 5/6), el señor Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la ciudad de Gualeguaychú, Dr. Carlos Alfredo Rossi, comunica que fueron atendidos por el Subprefecto Marcos Julián Santa María, quien dio cuenta de la cantidad de internos alojados en el penal y la cantidad de ellos que asisten a la educación primaria y secundaria e informa acerca de los talleres que se dictan en dicho establecimiento.
Que el Dr. Rossi, luego de recorrer los pabellones y los distintos sectores de la unidad penal, resolvió hacer saber que en función de lo apreciado la Unidad Penal n.° 7 de Gualeguay, se observan problemas de sobrepoblación en función de que su capacidad de alojamiento se encuentra colmada, evidenciando actualmente una situación de hacinamiento por cuanto el establecimiento no ha sido creado para la cantidad de internos que en ese momento se encuentran alojados.
Que continúa expresando en relación a la necesidad imperiosa de que se arbitren las medidas conducentes para subsanar dicha realidad, así como dotar a las profesionales en psicología, de un espacio adecuado para la realización de sus abordajes y/o evaluaciones. Por último, advierte la escasa oferta laboral y la insuficiencia de los talleres así como de cursos de capacitación laboral que permita a los internos alojados la incorporación a un oficio y al derecho que les asiste de conformidad con lo establecido en el art. 1, 106 y siguientes y cctes. de la Ley 24.660.
Que conforme lo dispuesto por el art. 42 inc. 5) de la Ley Orgánica n.° 6902, tomó intervención la Sala n.°1 en lo Penal del STJER, ordenando la señora Presidenta de Sala, Dra. Claudia M. Mizawak, remitir copias de las actas a la Sra. Ministra de Gobierno y Justicia de la Provincia de Entre Ríos, y pasar a conocimiento de los señores vocales de esa Sala, lo que seguidamente se cumplimentó -cfr. fs. 9/12vta.-.
Que por ello;

SE RESUELVE:
1º) Aprobar las inspecciones mensuales realizadas a las Unidades Penales N° 9 y 2 de de Gualeguaychú y a la Unidad Penal N° 7 de Gualeguay, los pasados días 09, 16 y 30 de mayo de 2022 respectivamente, efectuadas por el señor Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Gualeguaychú, Dr. Carlos Alfredo Rossi.
2º) Registrar. Notificar al señor Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Gualeguaychú, Dr. Carlos A. Rossi.-
3º) Oportunamente, pasar a conocimiento de los señores Vocales y archivar.