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JUZGADO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE CONCORDIA S PUESTA EN FUNCIONAMIENTO

Resol.Tribunal Sup. Nº 213/21.-
“JUZGADO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE CONCORDIA S PUESTA EN FUNCIONAMIENTO S/ COMUNICA”.- N° 46154-SSE 192/21

///-RANA, 10 de diciembre de 2021.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Lo actuado en las presentes actuaciones, en relación al traslado (intercambio) de la ubicación física de la Sala II de la Cámara de Casación Penal y del Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, ambos de la ciudad de Concordia.
Que a fs. 24, la Arq. Diana Zilli a cargo de la Dirección de Arquitectura Judicial del S.T.J., propone trasladar la Cámara de Casación Penal al inmueble de calle Mitre esq. Irigoyen, atento a la finalización de las obras de adecuación llevadas a cabo en el mismo (Expte. N° 2845/2020) y que el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad ocupe el inmueble que liberará la Cámara de Casación Penal, sito en calle Urquiza N° 868 de la ciudad de Concordia, el cual cuenta con ocho (8) ambientes en uso que cumplen con las condiciones necesarias para alojar al despacho del magistrado, oficinas del personal del Juzgado y del ETI e inclusive quedan dos ambientes libres de uso que podrían destinarse a otro organismo afín.
Continua diciendo, que los traslados deberán realizarse en forma simultánea y se propone como fecha para realizarlos los últimos días hábiles de diciembre.
Que a fs. 27 la Comisión Edilicia del S.T.J.E.R. considera que resulta conveniente que, una vez concluidas las obras de recuperación del inmueble de calle Mitre 153, se traslade a ese sitio la Cámara de Casación Penal ocupando íntegramente el mismo, cediendo su actual ubicación en el inmueble de calle Urquiza 868 al Juzgado de Ejecución de Penas, y que corresponde proceder a efectivizar la reubicación propuesta y realizarse los traslados en la forma y tiempo propuestos por la Arq. Zilli (cftr.:fs. 24, últ. párr.).-
Por ello;
SE RESUELVE:
1º) Aprobar el traslado y la reubicación de la Sala II de la Cámara de Casación Penal y del Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, ambos de la ciudad de Concordia, conforme fuera propuesto por la señora Directora de la Dirección de Arquitectura Judicial, Arq. Diana Zilli -cfr. fs. 24, últ. párr-.
2°) Hacer saber a la Dirección de Arquitectura Judicial, que deberá informar con antelación suficiente, la fecha en que se llevarán a cabo los traslados referidos, en coordinación con la Superintendencia de dicha jurisdicción y los organismos involucrados.
3°) Autorizar a la Oficina de Compras y Asesoramiento para que inicie los trámites pertinentes a fin de contratar el servicio de mudanzas que resulte necesario.
4°) Registrar y notificar a la Superintendencia de la jurisdicción, a la Dirección de Arquitectura Judicial del S.T.J., Compras y Asesoramiento, Contaduría, Tesorería, a fin de que tomen los recaudos pertinentes en el ámbito de su competencia.- FDO: DRES. MARTIN F. CARBONELL – MIGUEL ANGEL GIORGIO – GERMAN REYNALDO F. CARLOMAGNO – JUAN R. SMALDONE. ANTE MI: ESTEBAN SIMON

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