El vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú y juez técnico Mauricio Derudi, impuso este viernes a O.A.I la pena de 14 años de prisión de cumplimiento efectivo y accesorias legales -arts. 5, 12, 45, 55, 119, tercer y cuarto párrafo inc. b) del Código Penal de la Nación, 452 y subs. del Código Procesal Penal de Entre Ríos, 92 y concs. de la Ley Nº 10.746-, por encontrarlo autor responsable del delito de “abuso sexual con acceso carnal reiterado agravado por ser el autor progenitor de la víctima”.
El magistrado le ordenó también al imputado, hasta que la condena quede firme, prisión domiciliaria con colocación de tobillera electrónica y le prohibió mantener cualquier tipo de contacto y comunicación, por cualquier vía o medio, tanto por sí como por interpósita persona, con la víctima. Y, desestimó, en cambio, el pedido de la Fiscalía de aplicarle al imputado prisión preventiva y una pena de 16 años.
La sentencia del juez se conoció luego de que un jurado popular encontrara “culpable” a O.A.I durante un proceso que se desarrolló en Gualeguaychú entre 25 y el 28 de agosto próximos pasados y que se realizó a puertas cerradas por tratarse de un delito contra la integridad sexual.
Intervinieron en el juicio, como juez técnico, Mauricio Derudi; el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Lisandro Beherán. La defensa del imputado, fue ejercida por la abogada María Amelia Angerosa.
Se trató del centésimo trigésimo séptimo juicio por jurados que se realizará en Entre Ríos desde la entrada en vigencia de este sistema de juzgamiento penal.
5 de septiembre de 2025
SIC STJER