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Comenzará a regir la reglamentación del depósito para la admisibilidad del recurso de inaplicabilidad de ley ante la Sala del Trabajo

El Superior Tribunal de Justicia (STJ), a propuesta de la Sala Nº 3 del Trabajo, dispuso que a partir del 2 de noviembre próximo comience a regir y sea aplicable, con carácter de prueba piloto, la “Reglamentación-Depósito art. 280 CPCC (Código Procesal Civil y Comercial) -aplicable por art. 140 CPL (Código Procesal Laboral)“–, aprobado mediante Acuerdo General Nº 25/26, de fecha 22/09/26, Punto 2º).

 

De acuerdo a lo establecido por la Resolución de Presidencia Nº 243/2026, fechada ayer, se impone como recaudo de admisibilidad formal del recurso de inaplicabilidad de ley, acreditar haber depositado a disposición de la Sala del Trabajo del STJ una cantidad equivalente al diez por ciento (10%) del valor del litigio.

 

 

La mencionada reglamentación, cuya copia se adjunta, tiene por objeto establecer un procedimiento uniforme para la gestión de los depósitos exigidos por el artículo 280 del CPCC, aplicable por remisión del artículo 140 del CPL, mediante la utilización del sistema web judicial de Banco Entre Ríos, procurando dotar al trámite de mayor seguridad jurídica, transparencia y trazabilidad

 

 

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28 de octubre de 2026

SIC-STJ