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“MARTINEZ DANIEL HECTOR C/ HEREDEROS Y/O SUCESORES DE BIDAL JOSE ALFONSO S/ USUCAPION” (Expte. Nº 15722)

EDICTO

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la ciudad de Colón, Dr. Arieto Alejandro OTTOGALLI, Secretaría única de quien suscribe, en los autos “MARTINEZ DANIEL HECTOR C/ HEREDEROS Y/O SUCESORES DE BIDAL JOSE ALFONSO S/ USUCAPION” (Expte. Nº 15722), cita y emplaza por el término de quince (15) días contados a partir de la última publicación del presente a los herederos y/o sucesores del titular registral José Alfonso BIDAL llamados Norma Nelly GONZALEZ, Marta Elena BIDAL, Gustavo Alfonso BIDAL y a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del pleito inscripto (en mayor superficie) al TOMO 4 NÚMERO 556, fecha de inscripción: 10-11-1916, partida provincial actual N° 158.408/3 y partida municipal N° 2947; titular registral: BIDAL, José Alfonso 100%, Plano de Mensura N° 47.740, confeccionado por el Agrimensor Martín Alejandro Roude, registrado en la Dirección Provincial de Catastro el 17 de MARZO de 2.011, que se encuentra ubicado en: Provincia de Entre Ríos – Departamento Colón – Distrito 1º – Municipio de SAN JOSÉ – Ejido de SAN JOSÉ – Colonia San José “Vieja” – Sección 11 Concesión 323 – Pueblo El Colorado – Manzana 3, con domicilio parcelario en Calle 025 Valais S/N°, a 74,00m. de Calle 022 Francisco Alvarez y a 15,25m. de Calle 024 La Calera, que consta de una SUPERFICIE de 1.307,65m2. (Un Mil Trescientos Siete con 65/100), entre los siguientes límites y linderos: NORTE: Recta amojonada (1-2), N 70º 00’ E de 85,75 metros, linda con Arsenio HERRERO, Pl.4723.- ESTE: Recta amojonada (2-3), S 20º 26’ E de 15,25 metros, linda con Nemesio Cesareo BIDAL.- SUR: Recta amojonada (3-4), S 70º 00’ O de 85,75 metros, linda con Poseedor Cristian Gabriel FISTER, Pl.46.955.- OESTE: Recta amojonada (4-1), N 20º 26’ O de 15,25 metros, linda con Calle 025 VALAIS (de ripio), para que comparezcan a juicio a tomar la intervención correspondiente, bajo apercibimiento de nombrarse defensor de ausentes, con el que se seguirán los trámites de la causa – art. 329 y 669 incs. 2° y 3° del (C.P.C.C.E.R.).

Para mayor recaudo se transcribe la resolución que así lo ordena y que en su parte pertinente dice: “Colón, 12 de mayo de 2025. VISTO: (…) RESUELVO:(…) 2.- TENER por promovida la demanda, que tramitará según las normas del proceso ordinario -art. 669 del C.P.C.C.-. 3.- CITAR mediante edictos alos herederos y/o sucesores del titular registral José Alfonso BIDAL llamados Norma Nelly GONZALEZ, Marta Elena BIDAL, Gustavo Alfonso BIDAL y a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del pleito citándolos y emplazándolos mediante edictos que se publicarán por DOS DIAS en el Boletín Oficial, Diario local y ante este particular caso también en la ciudad de Concepción del Uruguay atento constancias de autos, para que comparezcan a contestarla dentro del plazo de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento de designarse Defensor de Ausentes. (…) Arieto Alejandro Ottogalli Juez”.

Publíquese por dos días.

Colón, 1 de octubre de 2025.

Flavia C. Orcellet

Secretaria

La presente se suscribe mediante firma digital -Resolución STJER N° 229/2022 del 28/10/22-.