En procura de garantizar el efectivo acceso a justicia de las personas en condición de vulnerabilidad el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos crea la Oficina de Violencia de Género (OVG), integrando el Centro Judicial de Género “Dra. Carmen María Argibay”, que incluye además la Oficina de la Mujer (OM).
Cabe destacar que tras el fallecimiento de la Dra. Carmen Maria Argibay el 10.05.14, el S.T.J.E.R. honrando la conducta de quien fuera una gran defensora de los derechos de las mujeres, dentro y fuera del país, denomina al Centro de Género con su nombre. La Dra. Argibay, Ministra de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, primera mujer en ser nominada por un gobierno democrático para integrar el más alto Tribunal de Justicia de Argentina. La misma fue la creadora de la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Integró la Asociación Internacional de Derecho Penal, fue fundadora de la Asociación Internacional de Mujeres Jueces, y fundó la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina. (http://cjg.jusentrerios.gov.ar/ovg/institucional-ovg/, 28.05.19)
Ello se produjo en el marco del Convenio celebrado con la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el año 2009, y de los Tratados Internacionales de raigambre constitucional ( Convención sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer – CEDAW -, Convención Interamericana sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer -Belem do Pará- y concs.), Leyes Nacionales 24.417 y 26.485 y Provinciales 9.198 y 10.058 específicamente, mediante Acuerdo General Nº 38/12.
Fue una decisión en materia de política judicial enmarcada en derechos humanos, género e interseccionalidad que el Alto Cuerpo definió crear una oficina de violencia, que cuente con amplias facultades para intervenir en ellas y no reducir su incumbencia solo a la violencia doméstica. Ello permite intervenir no exclusivamente en aquellas que ocurren en el seno de las familias, sino además en todas las modalidades de violencia que se produzcan contra la mujer en la provincia.
Las tareas del Centro Judicial de Género principian con un relevamiento concretado por ambas oficinas, que constituyó una radiografía; una muestra de la realidad provincial con corte septiembre diciembre de 2014, mediante un trabajo in situ, en el que se realizaron entrevistas a profesionales que intervienen en violencia familiar y contra la mujer en organismos judiciales y extrajudiciales, así como a la ciudadanía de cada localidad entrerriana. Se relevaron más de 300 organismos de 17 departamentos geográficos, lo que implicó el recorrido de más de 10.000 km aproximadamente en 45 días hábiles.
La OVG cuenta con funciones que permiten articulaciones con organismos judiciales y extrajudiciales que intervienen en la temática. Es además una Secretaría especializada del STJ que realiza aportes para las políticas judiciales en materia de género.
Se llevan a cabo políticas de prevención mediante difusión por distintos medios gráficos, folletería, spot o mediante el empleo de algún género artístico, en clara procura de difundir los derechos de las víctimas de violencia familiar y contra la mujer, herramientas para identificar o identificarse en situaciones de violencia.
También se realizan tareas de prevención a través de la página web del poder Judicial, comunicando informes efectuados respecto a las intervenciones judiciales en violencia familiar, contra la mujer y delitos vinculados a ellas elaborados en el área del Registro Judicial de Causas y Antecedentes de Violencia (REJUCAV) y del Mapa Interactivo y en tiempo Real que obra del mismo en la Página mencionada.
Advirtiéndose durante el desarrollo del relevamiento, los criterios diferenciados que se aplicaban en los procesos judiciales que se llevaban a cabo tras la denuncia, dado el reducido contenido de normas procesales incluidos en las leyes de violencia familiar y contra la mujer, con el objetivo de brindar herramientas a quienes administran justicia a la vez de unificar los criterios procesales imperantes, se desarrolla y aprueba el Protocolo de Actuación Judicial en causas de Violencia – Leyes 9198 y 10.058 (26.485) de aplicación en el fuero civil. Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos: Ac. Gral. 25/17 del 05.09.17, Punto 5º. Modif. Ac. Gral. Nº 31/17 del 01-11-17, Punto 7º a).
El desarrollo de otra política inclusiva se da a partir de la aprobación de la “Guía de Lenguaje inclusivo” mediante Acuerdo General Nº03/19 del 26-02-19, Punto Cuarto, a fin de sea empleada por la totalidad de organismos que integran el Poder Judicial, tanto jurisdiccionales como administrativos.
La guía constituye una herramienta a fin de facilitar el uso de lenguaje inclusivo a quienes administran justicia, al efectuar recomendaciones, sobre el empleo de este en la redacción de escritos y resoluciones judiciales y administrativos que dicten.
“La misma tiene como objetivo efectivizar el acceso a justicia, facilitar la preparación de proveídos, resoluciones, sentencias, discursos oficiales, conferencias, informes y otros textos, en los que el lenguaje no reproduzca estereotipos y prejuicios androcéntricos. Poder comunicar con perspectiva de género, permite un adecuado cumplimiento de la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, compromiso suscrito por nuestro país, y además dar cumplimiento a la Ley 26.743 de Identidad de Género, que reconoce el derecho de todas las personas a mostrarse tal cual como se autoperciben, según su vivencia interna e individual.” El documento contiene alternativas para que lo que se escriba o exponga sea respetuoso del derecho a la identidad y diversidad de las personas, ofreciendo sugerencias para no repetir palabras y expresiones. Un lenguaje inclusivo, contribuye a la existencia de una justicia inclusiva. (Guía de lenguaje inclusivo, 2019- Acuerdo General Nº03/19 del 26-02-19, Punto Cuarto)
Las políticas llevadas a cabo con la Secretaría de Justicia y la Policía de Entre Ríos, hacen efectiva la transversalidad de la ley de protección a la mujer, en cuanto al compromiso real de los poderes del Estado en garantizar el acceso a justicia de las mismas.
Particularmente se ha trabajado sobre pautas que deben ser consideradas al tomar la denuncia, los contenidos de la misma, a fin de que se baste en cuanto a contener la información necesaria para que quien administra justicia pueda contar con los datos suficientes para dictar las medidas de protección que efectivamente resulten preventivas al caso. Esta planilla se digitalizó, permitiendo que las denuncias sean remitidas a los Juzgados por correo electrónico, quienes remiten para su notificación por la misma vía las medidas dictadas que son notificadas por Comisarías, acortando los tiempos entre el momento en que esa se efectúa y el que se hace efectiva la protección con el dictado y notificación de medidas.
En procura de la efectiva tutela el STJ ha aprobado sendos protocolos que establecen recaudos para el uso de tales instrumentos, por Acuerdo General 35/18, del 13.11.18, Pto. 6°, el Protocolo de Sistema Dual y el Protocolo de Botón de Pánico, Resol. Trib. Nº 313/2018, Ac. Gral. Nº 19/17 Punto 6º C).
En la implementación de las nuevas tecnologías para la protección de las personas que atraviesan situaciones de violencia, la Policía de Entre Ríos ha desarrollado la Aplicación de Botón de Pánico, con la que se colabora en la implementación con el objetivo de que tal herramienta de protección se extienda a todo el territorio provincial.
El Sistema Dual de Protección ha sido implementado en Entre Ríos, principiando por Paraná y “gran Paraná” (Municipios de San Benito y Oro Verde) en la actualidad con proyecciones de extenderse en un futuro al resto de la provincia. Este sistema de geolocalización identifica cuando el agresor que cuenta con restricciones de acercamiento a la persona victimizada se va acercando a ella, contando con dispositivos policiales para acompañar a quien se protege y a la persona que afecta la restricción, por el período en el que se ha dictado la medida por parte de quien administra justicia.
Las tareas de capacitación y sensibilización que se llevan a cabo desde la OVG, traducidas en Encuentros, Jornadas, Talleres, Mesas de Diálogo, tanto intra como extrajudiciales, tienden a brindar herramientas para la formación de quienes operan el sistema de justicia y en otros estamentos del estado, a fin de contribuir al efectivo acceso a justicia. Algunas de estas actividades se desarrollan conjuntamente con el instituto de Formación y Capacitación Judicial Dr. Juan Bautista Alberdi.
Proyectos de Extensión con la Facultad de Trabajo Social UNER.
La OVG se vincula también con las Universidades. Con la Universidad Nacional de Entre Ríos se presentó en el año 2015 el Proyecto de Extensión “Políticas, prácticas y saberes en violencia familiar y contra la mujer en el territorio entrerriano” que fue seleccionado por el Ministerio de Educación de la Nación y aprobado por Acuerdo, siendo declarado “De Interés Judicial”. En el año 2016 se ejecutó dicho proyecto, desarrollando actividades de capacitación sobre violencia de género en Paraná, Concordia, Villaguay, Gualeguay y Feliciano, en el marco de este proyecto.
En el año 2016, se presentó de manera conjunta el Proyecto de Extensión “No hay trato con la trata“, seleccionado también por el Ministerio de Educación de la Nación. El proyecto consistió en una actividad cultural, presentación del Unipersonal “Elena”, de Mariel Rosciano y del libro “Yo elijo contar mi historia”, de Elena Moncada, y el posterior debate sobre la problemática trata con fines de explotación sexual. Se llevaron a cabo 8 funciones en las ciudades de Paraná, Concordia, Concepción del Uruguay, Federal, Crespo, Viale.
En el año 2020 se articuló con dicha Facultad la Acción de Extensión #Mequedoencasa #Sinviolencia, mediante la cual se promovió la difusión de la implementación de la planilla de denuncias on line, mediante la difusión de spots y mensajes en las redes por el término de tres meses.
También para trabajar de manera conjunta con esta universidad y con la Universidad Autónoma de Entre Ríos, específicamente la Facultad de Humanidades, Artes y Ciencias Sociales, la OVG ha mantenido encuentro para debatir la aplicación de Protocolos de Prevención y abordajes de las violencias que ambas universidades tienen.
REJUCAV – Registro Judicial de Causas y Antecedentes de Violencia- es un Sistema Web desarrollado y mantenido íntegramente con recursos del Poder judicial de Entre Ríos – al que ingresan información quienes operan el sistema de justicia durante la tramitación de las causas de Violencia.
El REJUCAV de Entre Ríos, fue aprobado por el Alto Cuerpo en Acuerdo General del 04.08.15, funciona en el ámbito de la Oficina de Violencia de Género.
La totalidad de los organismos que integran el Poder Judicial en los distintos fueros: de Familia, de Paz, Laboral y Penales OGAs y Fiscalías- en todas sus instancias, ingresan datos obtenidos de los expedientes al Sistema REJUCAV.
REJUCAV cuenta con diferentes perfiles de usuarios con diversas funcionalidades, algunos de ellos de carga y consulta (Juzgados, Fiscalías, OGAs, MIPs), otros de mera consulta como lo son los de Mediación Civil y Penal, Defensorías Civiles y Penales y RUAER.
REJUCAV brinda estadísticas que respaldan con datos ciertos las políticas públicas en la materia en los distintos poderes del estado Entrerriano.
Las evaluaciones permanentes desde la tarea regular del servicio de justicia y la información relevada por este organismo, permite respaldar y adecuar permanentemente las políticas de género del poder judicial, constituyendo un camino firme al efectivo acceso a justicia de las personas en condición de vulnerabilidad.
Al sancionarse la Ley 10668 de Procedimientos de Familia incorpora en los procesos de violencia la Consulta de Antecedentes REJUCAV, y el deber de cargar al sistema por parte de los Juzgados que tramitan las causas de Violencia Familiar y Contra la Mujer. Asimismo dicha ley facultó a la OVG a la recepción de denuncias de violencias.
Al inicio del aislamiento preventivo obligatorio, ante la preocupación de garantizar la accesibilidad de las víctimas de violencia al sistema de justicia, dado que las primeras consultas estadísticas a REJUCAV nos mostraban una leve baja en su número, se desarrolla una plantilla de denuncias on line. Las variables tenidas en cuenta son las de la Planilla de Denuncia aprobada mediante Acuerdo General 25/17 del 05.09.17, Punto 5º. Cabe aclarar que en materia Procesal de Familia, la ley 10668 en el art. 269, contempla la denuncia por correo electrónico, cuya modalidad de implementación, no había sido reglamentada para su puesta en funcionamiento al momento
Dicha plantilla es un formulario de Google que aparece visible en un recuadro de la pantalla al ingreso de la Pagina Web del Poder Judicial, permitiendo a las personas aisladas y en riesgo formular denuncias.
Al analizar las denuncias ingresadas al sistema en la primer semana de funcionamiento, se advirtió que entre los casos denunciados, algunos de ellos resultaron al concederse beneficios de “arrestos domiciliarios” a hombres que se hallaban alojados en la unidad penal y que contaban con antecedentes de violencia familiar – aunque no cumpliendo delitos vinculados al género – Al advertir ello la OVG, solicitó al Alto cuerpo, que se haga saber a Jueces/as de Garantías y también a los/as de Ejecución de Penas, que previo a conceder arrestos domiciliarios se realice la “consulta de Antecedentes REJUCAV” y sea agregada al expediente la misma o un informe de Secretaría que deje constancia de la realización de la referenciada consulta, para que en caso de existir se evalúe la alternativa de otro domicilio pero no aquel en el que ocurrieran los hechos de violencia familiar o contra la mujer en la modalidad doméstica, independientemente de si se encuentra cumpliendo o no condena por delito de género. Dicha funcionalidad fue luego solicitada por la Fiscalía del Juzgado Federal de Paraná para su implementación en iguales casos.
La difusión de la implementación de la planilla de denuncias on line se formalizó en un trabajo conjunto con la Facultad de Trabajo Social de la UNER, presentándose un proyecto de Acción de Extensión en Emergencia #Mequedoencasa #Sinviolencia que se llevó a cabo mediante la difusión de spots y mensajes en las redes por el término de tres meses.
A través de la OVG y en la tarea de transversalización de la perspectiva de género, se auspicia la celebración de convenios entre municipios de la provincia y el STJ, concretándose regularmente.
A diciembre del 2022 se han suscripto convenios con la Comuna de San Marcial. Acuerdo General Nº22/22 del 05.07.22, Punto 8º); Municipio de Pueblo Brugo. Acuerdo General Nº 04/21 del 02-03-21, Punto 4º); Municipio de Viale. Acuerdo General Nº 04/21 del 02-03-21, Punto 4º); Vicegobernación, Acuerdo General Nº 16/20 del 26-08-20, Punto 4º); Facultad de Trabajo Social, UNER. Acuerdo General Nº 11/20, del 23-06-20, Punto 2º); Municipio de Cerrito. Acuerdo General Nº 02/20, del 18 de febrero del 2020, Punto 2º); COPNAF. Resol. Trib. Nº22/19 del 27.02.19; Instituto Nacional de Estadística y Censo (INDEC). Acuerdo General Nº 37/18, Punto 3º); Municipio de Crespo. Resolución de Fecha 27.02.19 en el marco de las Actuaciones Nº43181. Acuerdo General Nº 16/19, del 04.04.19, Punto 5º); Municipio de Santa Anita. Acuerdo General Nº 13/19, del 14 de mayo del 2019, Punto 8º); Municipio de San José de Feliciano. Acuerdo General Nº 04/19 del 06-03-19 Punto 1º); Municipio de Villa Urquiza. Acuerdo General Nº 33/18 del 30-10-18, Punto 2º); Municipio de Bovril. Acuerdo General Nº 27/18, del 11-09-18, Punto 1º); Municipio de Villaguay. Acuerdo General Nº 20/18 del 03-07-18, Punto 3º); Municipio de San Gustavo.
Acuerdo General Nº 23/18, del 07-08-18, Punto 1º); INADI. Acuerdo General Nº9 del 10-04-18, Punto 7º). Propuesta de convenio de colaboración; Municipio de Oro Verde. Acuerdo General Nº 07/18, del 27-03-18, Punto 7º); Municipio de Paraná. Acuerdo General Nº 02/18, del 21-02-18, Punto 3º); Ministerio de Gobierno y Justicia de Entre Ríos. Acuerdo General Nº 29/16 del 18-10-16, Punto 6º)
A la creación del Observatorio de la Ley Micaela, a la que Entre Ríos adhiriera mediante ley 10768, el Poder Judicial interviene con la participación de la OVG.