EDICTO
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 a cargo del Dr. Justo Josè de Urquiza, Secretaría Nº 4, comunica por DOS DIAS en Autos caratulados “SILVEYRA, Enrique y ZABALA, Orfilia Natalia S/ SUCESORIO AB INTESTATO” (Expte. Nº5329) que el Martillero Pùblico Sr. Jorge P. Speroni Mat 851 del COMPER Rematarà desde el dìa 14 de Diciembre de 2026 a partir de la hora 08:00 hasta el dìa 21 de Diciembre de 2026 hasta las 08:00 horas a través del Portal de Subastas Judiciales Electrònicas del Poder Judicial de Entre Rìos, el siguiente bien inmueble de acuerdo a las condiciones que se detallan a continuación en la Resoluciòn que se transcribe: Concordia, 18 de septiembre de 2026. 2.- DECRETAR la VENTA en PUBLICA SUBASTA del inmueble propiedad de quien en vida fuera Enrique SILVEYRA, D.N.I.Nº 5.764.018, inscripto al N° 1240, Propiedad N° 71947, Folio 2273, Tomo 65, Propiedad Urbana, ubicado en la manzana 4 Norte y 10 Este respecto de la plaza “25 de Mayo” de esta ciudad, con una superficie de Trescientos Cuarenta Metros, Setenta y Dos Decímetros, Cincuenta Centrímetros cuadrados (340 m, 72 dm., 50 cm. 2), Partida Provincial: 02-6524-7; Partida Municipal: 18787; Domicilio Parcelario: calle Salta N° 581 de Concordia. Estado de ocupación: el inmueble se encuentra desocupado (conforme Mandamiento Nº 200, diligenciado el 26.5.2026, obrante en presentación electrónica del 3.6.2026 del expediente). La misma se realizará a través del Portal Subastas Judiciales (Reglamento SJE, Acuerdo General Nº 29/21 del 28.09.2021, punto 1º), con intervención del martillero designado en autos Jorge Pablo SPERONI, con domicilio constituido en calle Hipólito Yrigoyen Nº 418 de esta ciudad. El acto de subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día Lunes 14 de DICIEMBRE de 2026, a las 08:00 horas, momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día Lunes 21 de DICIEMBRE de 2026, a las 08:00 horas. Para participar de la subasta, los interesados (personas físicas o jurídicas) deberán estar previamente registrados como usuarios en el Portal de Subastas: https://subasta.jusentrerios.gov.ar, conforme art. 6 del Reglamento SJE.). 3.- COMUNICAR al juez embargante en autos “GAUNA, Marcelo Fabián c/ROMERO, Margarita Ofelia y OTRA s/ORDINARIO” (Expte. Nº 8917) que tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 de esta ciudad -cfr. constancia del 11.12.2020-, mediante oficio de estilo. 4.- CONDICIONES DE VENTA: a.- Base: el inmueble saldrá a la venta con una primera oferta del avalúo fiscal de Diecisiete Millones Cuatrocientos Veintinueve Mil Trescientos Cuarenta y Nueve Pesos con Once Centavos ($17.429.349,11), estableciéndose el monto incremental en Pesos Cinco Millones ($5.000.000,00) hasta alcanzar la cantidad de Pesos Treinta y Dos Millones Cuatrocientos Veintinueve Mil Trescientos Cuarenta y Nueve Pesos con Once Centavos ($32.429.349,11); luego el monto incremental se fija en Pesos Dos Millones ($2.000.000,00) hasta alcanzar la suma de Pesos Treinta y Ocho Millones Cuatrocientos Veintinueve Mil Trescientos Cuarenta y Nueve Pesos con Once Centavos ($38.429.349,11); seguidamente el monto incremental se establece en Pesos Un Millón ($1.000.000,00) hasta alcanzar la suma de Pesos Cuarenta y Dos Millones Cuatrocientos Veintinueve Mil Trescientos Cuarenta y Nueve Pesos con Once Centavos ($42.429.349,11); y a partir de allí el monto incremental se precisa en la suma de Pesos Quinientos Mil ($ 500.000,00). b.- Comunicación de la oferta ganadora: quien resulte mejor postor de la subasta, será notificado en su panel de usuario del Portal y en la dirección de correo electrónico denunciada al momento de su inscripción como Usuario del Sistema. El Tribunal agregará al expediente la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate. c.- Pago del precio: el ganador deberá efectivizar el pago de la seña correspondiente al diez por ciento (10%) del precio, más la comisión del martillero (4%) y el Impuesto al Valor Agregado si correspondiere y el costo por el uso del Sistema (1,5% más IVA) a través de cualquiera de las modalidades de pago autorizadas en el Portal, en el plazo de dos (2) días hábiles de finalizado el remate, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 26 del Reglamento SJE. Verificado el pago anterior, el saldo del precio de compra se deberá abonar dentro de los cinco (5) días hábiles mediante transferencia electrónica a la Cuenta Judicial Nº 137-103975/8, C.B.U.: 3860137203000010397588, perteneciente a estos autos, abierta en el Nuevo Banco de Entre Ríos S.A. (art. 24 del Reglamento de Subastas Electrónicas). d.- Postor remiso, llamado al 2º o 3º postor: en caso de declararse postor remiso al primer postor (por no verificarse el pago de alguno de los importes correspondientes en los plazos indicados en el apartado anterior), se dará aviso desde el Portal y el mail denunciado en la inscripción como postor a quienes hubieren ofrecido la segunda o tercera mejor oferta para que, de mantener interés en la compra, se cumplimente con las obligaciones para resultar adquirente del bien subastado (art. 25 del Reglamento SJE). En caso de que ninguno de ellos mantenga interés en la compra, la subasta se declarará desierta. e.- Perfeccionamiento de la venta: aprobado el remate y verificada la integración del precio de compra por el Tribunal, se procederá a la tradición del inmueble, quedando perfeccionada la venta – art. 572 C.P.C.C. f.- Compensación del precio para el acreedor: la eximición de todo o parte del precio obtenido en subasta a favor del acreedor, solo se admitirá en caso de autorización judicial previa (art. 15 del Reglamento SJE). g.- Obligaciones del comprador desde la toma de posesión: el adquirente estará obligado al pago de las contribuciones, impuestos y tasas fiscales desde el día de la toma de posesión de los mismos o desde que se hallare en condiciones de tomarla, art. 149 del Código Fiscal. h.- Impuestos y gastos de transferencia: dentro de los quince (15) días de notificada la aprobación del remate -art. 240 del Código Fiscal-, y para habilitar la transferencia del bien adquirido, el comprador deberá acreditar el pago del sellado previsto por el art. 205 del Código Fiscal y art. 13 inc. 5 a) de la Ley Impositiva, debiendo soportar todos los gastos relativos a la inscripción -arts. 1138 y 1141 del Código Civil y Comercial-. 5.- PUBLICAR EDICTOS por dos (2) veces en el Boletín Oficial y en el medio periodístico de esta ciudad que elija la parte ejecutante, anunciando la subasta, lo que deberá hacerse con seis (6) días hábiles de anticipación a la fecha del remate, haciendo constar en los mismos el estado de ocupación, sin identificar el nombre individual de las personas que ocupan el bien y horario de visita; debiendo transcribirse estrictamente la presente resolución sin hacer referencias de valoración sobre el bien a subastar. Asimismo deberá hacer constar que queda a disposición de las partes interesadas el expediente para el examen del título y deudas que pesen sobre el inmueble. 6.- HACER SABER al martillero que deberá: a) Publicar en el Portal dentro del plazo de los cinco (5) días contados desde la notificación de la presente, una descripción detallada del inmueble, al menos seis (6) fotografías y/o un video que reflejen adecuadamente el estado, calidad y dimensiones del bien a subastar. Además imágenes de los informes de dominio, del título, del mandamiento de constatación, sus datos profesionales y de contacto y toda otra información que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos; b) Reponder adecuadamente las consultas de los interesados dentro de las veinticuatro (24) horas de realizadas en el Portal, de manera que los interesados tengan mayor conocimiento de las características del bien objeto de la venta. 7.- PUBLICAR el remate en el Portal de Subastas del Poder Judicial de Entre Ríos, con el decreto de subasta, debiendo especificar la fecha y hora de inicio y de cierre de la misma (art. 10 del Reglamento SJE). 8.- EMPLAZAR mediante cédula a la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER), a la Municipalidad de Concordia y al Ente Descentralizado de Obras Sanitarias (EDOS), a fin de que en el plazo de quince días (15) concurran al juicio a tomar la intervención que les corresponda, respecto del inmueble inscripto al N° 1240, Propiedad N° 71947, Folio 2273, Tomo 65, Propiedad Urbana, ubicado en la manzana 4 Norte y 10 Este respecto de la plaza “25 de Mayo” de esta ciudad, con una superficie de Trescientos Cuarenta Metros, Setenta y Dos Decímetros, Cincuenta Centrímetros cuadrados (340 m, 72 dm., 50 cm. 2), Partida Provincial: 02-6524-7; Partida Municipal: 18787; domicilio Parcelario: calle Salta N° 581 de Concordia, haciéndoles saber la fecha fijada para la subasta, quedando la confección y diligenciamiento a cargo de la parte interesada (art. 3 del Reglamento SJE). 9.- DECRETAR MEDIDA CAUTELAR GENERICA de comunicación de subasta. Para su inscripción, LIBRAR OFICIO al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines de su oponibilidad frente a terceros e informe además sobre nuevos embargos y/o gravámenes que pesen sobre el inmueble a subastar desde la fecha del informe obrante en autos, debiendo acompañarse con el mismo copia certificada por Secretaría de la presente, como previo a la publicación de los Edictos. 10.- TODOS LOS RECAUDOS ordenados precedentemente deberán obrar en autos al momento de la subasta. 11.- NOTIFÍQUESE, conforme arts. 1 y 4 del Reglamento de Notificaciones Electrónicas – Ac.Gral.15/18 SNE-. Fdo. Justo José de Urquiza Juez. Los interesados podràn visitar el inmueble a subastarse los dìas 01, 02 y 03 de Diciembre del corriente año 2026, previa consulta con el Martillero Sr. Jorge P. Speroni en calle H. Yrigoyen Nro. 418 Concordia, E. Rios o cel. (03454)154-091-477, mail jorgepsperoni@yahoo.com.ar, portal de Subastas Judiciales Electrònicas del Poder Judicial de la Provincia de Entre Rìos www.subastas.jusentrerios.gob.ar, y página del Colegio de Martilleros Pùblicos de Entre Rìos www.comper.org.ar remates.
José Luis Sagasti
Secretario
La presente se suscribe mediante firma digital
-Acuerdo General STJER N° 33/22, del 04/10/2022, Pto. 6º c-.