ARIGÓS, Alfredo Javier; ARIGÓS, Pablo Martín; ARIGÓS, Ignacio Matias, y ARIGÓS, Mariano Andrés C/EX PROPIETARIOS DESCONOCIDOS

EDICTO

El Juzgado de Garantías con competencia en lo Civil, Comercial y Laboral, sito en calle San Martín N° 150 de la ciudad de San José de Feliciano, provincia de Entre Ríos, Juez a cargo Dr. Emir Gabriel Artero, correo electrónico: ogu-feliciano@jusentrerios.gov.ar, en el expediente caratulado: ARIGÓS, Alfredo Javier; ARIGÓS, Pablo Martín; ARIGÓS, Ignacio Matias, y ARIGÓS, Mariano Andrés C/EX PROPIETARIOS DESCONOCIDOS S/ USUCAPION, Nº 184 cita y emplaza por el término de quince (15) días contados a partir de la última publicación del presente al/los propietario/s y a quienes se consideren con derecho respecto del inmueble que se pretende usucapir: ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Dpto. Feliciano, Dto. Basualdo; plano de mensura N° 9691; superficie de 23 HA 53 A 42 CA; limites y linderos NOROESTE: Recta amojonada (5-1) al rumbo N 51º0700 E de 880.70 metros lindando con Alfredo Javier, Pablo Martín, Ignacio Matías y Mariano Andrés Arigós; SURESTE: Recta amojonada (1-2) al rumbo S 19º0450 O de 314.50 metros; arco (2-3) de 448.28 metros y recta (3-4) al rumbo S 46º1330 O de 455.00 metros, todas lindando con Zona de Vías del Ferrocarril General Urquiza; OESTE: Recta amojonada (4-5) al rumbo N 02º2330 O de 436.40 metros lindando con Alfredo Javier, Pablo Martín, Ignacio Matías y Mariano Andrés Arigós; para que comparezcan a juicio a tomar la intervención correspondiente, bajo apercibimiento de nombrarse defensor de ausentes, con el que se seguirán los trámites de la causa -arts. 329º y 669 incs. 2º y 3º del CPCC. Para mayor constancia se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo ordena y dice: San José de Feliciano, (E.R.), 7 de abril de 2026.- Cítese por edictos a publicarse por dos (02) días, en el Boletín Oficial y emisora de F.M. “DE LA CIUDAD” de esta ciudad, con los recaudos dispuestos en el punto 6.3.7 del R.F.C.C (individualización, superficie, límites, linderos, etc.), a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble que se pretende usucapir, para que en el término de quince (15) días contados a partir de la última publicación, comparezcan a juicio a tomar la intervención correspondiente, bajo apercibimiento de designársele defensor de ausentes en caso de incomparecencia -Art. 329 del C. P. C.-, haciéndose saber que la demanda y documental adjunta se encuentran a su disposición en éste Juzgado. Notifíquese.-“.- Firmado Dr. Emir Gabriel Artero – JUEZ –

Publíquese por dos días.

San José de Feliciano, (E.R.), 22 de abril de 2026.-

 

Dra. Ana Emilce Mármol

Secretaria Oficina de Gestión Unica

[firmado digitalmente]

 

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