MARZORATTI, Raul Alberto C/ PROPIETARIOS DESCONOCIDOS

EDICTO

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de la ciudad de Chajarí (ER), a cargo del Dr. Jose Manuel Lena (Juez), Secretaria a largo del Dr. Facundo Munggi en los autos caratulados “MARZORATTI, Raul Alberto C/PROPIETARIOS DESCONOCIDOS S/ USUCAPION”, Expte. Nº15731/26, cita y emplaza por el término de QUINCE DIAS bajoapercibimiento de ley, a todas las personas que se consideren con derechopara que comparezcan, la contesten, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba sobre el inmueble ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Federación, Distrito Mandisovi, Planta Urbana de CHAJARI, Ex Chacra 118, Manzana 25; que conforme al PLANO DE MENSURA N°29.212, posee su domicilio parcelario en calles PABLO STAMPA y BRASIL y consta de una superficie de QUINIENTOS DIECISEIS METROS CUADRADOS (516,00 m2), confeccionado por el agrimensor Alfredo L. P Derudder y registrado en la Dirección de Catastro en fecha 18 de Marzo de 2004. El inmueble posee los siguientes límites y linderos: NORESTE: Con Gerardo Dalmaso mediante recta 1-2 al sudestes 45°00’ de 37,45m.- SUDESTE: Con Marta M. Viera y otra mediante recta 2-3 al sudoeste 44°25’ de 13,75m.- SUDOESTE: Con calle Brasil mediante recta 3-4 al noroeste 45°00’ de 37,60m.- NOROESTE: Con calle Pablo Stampa mediante recta 4-1 al noreste 45°00’ de 13,75m. Partida Provincial N°124534; Partida Municipal N° 128027. La resolución que ordena librar el presente en su parte pertinente indica: C H A J A R I, 28 de septiembre de 2026. (…) Proveyendo la presentación de fecha 22/09/2026: Téngase presente y por agregado oficio diligenciado. Tener por promovida la demanda de adquisición de dominio por usucapión de RAUL ALBERTO MARZORATTI contra PROPIETARIOS DESCONOCIDOS, que tramitará según las normas del proceso ordinario (art. 669 del Código Procesal Civil) y CITESE a todas las personas que se consideren con derecho sobre el inmueble descripto en el promocional para que en el término de QUINCE DÍAS comparezcan, la contesten, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de nombrarles defensor de oficio. La citación se hará mediante edictos que se publicarán por DOS DÍAS en el BOLETIN OFICIAL, en el diario “EL SOL” de la localidad de Concordia (arts. 669 incs. 2º y 3º, 329 y 132 inc. 1º del código citado), debiendo describir acabadamente el inmueble en cuestión en los edictos a librarse. (…) firmado digitalmente por: MARIANO LUIS VELASCO -JUEZ SUBROGANTE.

Chajari, Entre Rios 8 de Octubre de 2026

 

Firmado digitalmente Dr. FACUNDO MUNGGI – Secretario