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AUTORIZACIÓN A DEFENSORÍAS DE LA PROVINCIA PARA EMPLEAR EL PERFIL DE USUARIO DE CONSULTA REJUCAV

Resol. Trib. Sup. Nº 291

“MINISTERIO PUBLICO DE LA DEFENSA DRES. BENITEZ, PONCE, PIGNATARO Y BADARÓ S AUTORIZACION DE ACCESO AL SISTEMA INFORMATICO LEX DE JUZGADOS FLIA Y PENAL DE NIÑOS Y ADOLESC. SEC. Nº 1 Y 2 CONCORDIA S/ AUTORIZACION”- Nº 42435.-

//-RANA, 31 de octubre de 2017.-

VISTO Y CONSIDERANDO:
Que las presentes Actuaciones tienen inicio en virtud de del Oficio Nº 59/17, elevado por los señores Defensores Públicos de la ciudad de Concordia, Dres. Diego Ponce -Defensoría Nº 1-, Alfredo Russo -Defensoría Nº 3-, Lorena A. Pignataro -Defensoría Nº 5-, y María Elena Badaró -Defensoría Nº 6-, interesando la autorización de acceso al sistema informático Lex-Doctor, perteneciente a los Juzgados de Familia y Penal de Niños y Adolescentes -Secretarías Nº 1 y Nº 2-, de esa jurisdicción, solicitud a la cual prestan conformidad los señores Jueces de dicho Juzgado, Dres. Raúl E. Tomaselli y Rodolfo G. Jauregui.-
Que dicha petición, responde, a la necesidad de contar con los Registros Informáticos y antecedentes judiciales, que se registren a nombre de las personas que requieren el servicio de justicia, información que facilitaría las intervenciones de las Defensorías referidas, en pos del efectivo acceso a justicia de las personas en situación de vulnerabilidad.-
Que, a fs. 2, el señor Defensor General de la Provincia de Entre Ríos, Dr. Maximiliano Francisco Benitez, prestó su conformidad, a lo interesado por los señores Defensores Públicos de la ciudad de Concordia -cfr. fs. 2.-
Que pasadas en vista a la Sala Nº 2 en lo Civil y Comercial del S.T.J., el señor Presidente de dicha Sala, Dr. Emilio A. E. Castrillón, manifestó que no se advierten razones suficientemente fundadadas para modificar el sistema actual, el cual tiende a preservar la privacidad de los justiciables durante la tramitación de las causas, sin perjuicio del acceso público por Mesa de Entradas de los Juzgados de Familia, y en el link implementado para el acceso a los precedentes -sentencias y resoluciones-. Precisa que actualmente se cuentan con herramientas activas disponibles -por ejemplo el REJUCAV-, para acceder a la información interesada.-
En tal sentido, mediante Acuerdo General Nº 02/16 del 16-02-2016 Punto Primero -fs. 6/ 8 y vta.-, se aprobó la puesta en funcionamiento del Registro Judicial de Causas y Antecedentes de Violencia -REJUCAV-, dependiente de la Oficina de Violencia de Género -Centro Judicial de Género- del S.T.J.E.R., y se hizo saber a todos los Magistrados, que durante la tramitación de los procesos judiciales, pueden requerir al REJUCAV, informe sobre la existencia de antecedentes de violencia.-
Además, el Alto Cuerpo, en el Acuerdo General Nº 34/16 del 22-11-2016 Punto Segundo -fs. 9-, estableció el Instructivo de Foja de Antecedentes REJUCAV, en el cual dispuso que las ciudades que cuenten con Mesa de Información Permanente -como Paraná y Concordia-, recepcionarán en las mismas, las denuncias de violencia familiar y contra la mujer, y una vez ingresados los datos correspondientes, deberán imprimir la foja generada por el sistema y remitirla, junto con la denuncia, al Juzgado interviniente -según turno, para el caso que no existan antecedentes en la localidad, o al Juzgado que se encuentre interviniendo cuando los tuviera-.
Que, consultada la señora Directora de la Oficina de Violencia de Género del S.T.J., Dra. Yanina M. Yzet, expresó que ninguno de los señores Defensores Públicos de la Provincia, se encuentran habilitados, para acceder al sistema del REJUCAV -fs.10.-, por lo cual se le requirió que indique y remita un detalle pormenorizado de las herramientas activas del REJUCAV, y manifieste las alternativas posibles para dar solución a lo solicitado por los señores Defensores a fs. 1.-
A fs. 12/13 la Dra. Yanina M. Yzet informó que en REJUCAV, se encuentra desarrollado un perfil de usuario de consulta que permite conocer los antecedentes de violencia familiar contra la mujer y de delitos derivados de estas, conforme los expedientes que tramitan y se cargan en los Juzgados de Paz, Familia, Laborales, Civiles y Comerciales con competencia en familia y/o laboral, y OGAS y Fiscalías de la Provincia, sin poder efectuarse desde dicho perfil modificación alguna.-
Que la funcionalidad del usuario de consulta permite, mediante la búsqueda de persona, conocer en qué Juzgado cuenta con un proceso en trámite.
Finalmente agrega que, encontrándose desarrollado el perfil de usuario de consulta, REJUCAV se encuentra en condiciones de habilitar el uso en las Defensorías de toda la Provincia.-
Por todo ello;

SE RESUELVE:
1º) Habilitar a las Defensorías de toda la Provincia, a emplear el perfil de Usuario de Consulta REJUCAV, para que mediante la búsqueda de personas, puedan conocer en qué Juzgado cuenta con un proceso en trámite, pudiendo imprimir la “Consulta de Antecedentes REJUCAV”.-
2º) Hacer conocer la presente Resolución a todos los organismos involucrados, con copia.-
3º) Notificar y registrar, y en estado archivar.-