“HERGENRETHER GRACIELA ELENA C/ MANGIA JOSE RUBEN S/ USUCAPION” (Exp. N° 11729 – F° 384 – Año 2025)

La Dra. Sonia Mabel Rondoni a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de Concepción del Uruguay, Secretaría a cargo de la autorizante, en los autos caratulados “HERGENRETHER GRACIELA ELENA C/ MANGIA JOSE RUBEN S/ USUCAPION” (Exp. N° 11729 – F° 384 – Año 2025), CITA Y EMPLAZA por el termino de QUINCE (15) días contados desde la última publicación del presente edicto, que será publicado por el término de dos días a MANGIA JOSE RUBEN y/o sus herederos y/o sus sucesores; y/o quién y/o quiénes se consideren con derechos respecto del inmueble inscripto en el Registro Público local bajo la Matrícula Nº 109.854 – Plano de Mensura es el Nº 52.823 -, Cuartel 1 ° – Manzana 1510 – Late 1 b, con una superficie según título de MIL CIENTO TRECE CON TRENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (1113,35 M2), con los siguientes límites y linderos: NORTE: recta amojonada (1-2) SE 81º 34′ de 13,00m; lindando con Boulevard Ricardo Balbín; ESTE: recta amojonada; (2-3) SO 08º26′ de 24,82m; lindando con Antonia Toribia Martínez; SUR: Recta amojonada; (3-4) NO 83º18′ de 13,01m; lindando con Jorge A. Rodriguez; OESTE: recta amojonada (4-1) NE 08º 26′ de 25, 21m; lindando con José Rubén Mangia; para que comparezcan, la contesten, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de designárseles Defensor de Ausentes. La resolución que ordena la presente publicación en su parte pertinente dice: “Concepción del Uruguay, 29 de octubre de 2025. (…) Cítese mediante edictos que se publicarán por dos (2) días en el Boletín Oficial y en un periódico local a todas las personas que se consideren con derecho al inmueble en cuestión y especialmente a MANGIA JOSE RUBEN y/o sus herederos y/o sus sucesores; y/o quién y/o quiénes se consideren con derechos sobre el mismo, para que en el término de quince (15) días contados desde la última publicación comparezcan, la contesten, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de designárseles Defensor de Ausentes -arts. 142, 329 y 669 incs. 2º y 3º del mismo cuerpo legal-. (…) FDO. Dra. SONIA MABEL RONDONI – JUEZA A/C DEL DESPACHO”.
CONCEPCION DEL URUGUAY, 04 de noviembre de 2025

 

MARIELA A. PERDIGUERO
SECRETARIA SUPLENTE