EDICTO
El Sr. Juez del Juzgado de Ira. Instancia en lo Civil y Comercial de
Rosario del Tala, Pcia. de Entre Ríos, Dr. Octavio Valentín Vergara, Secretaría
única a cargo de la Dra. María Luciana Capurro, en los autos caratulados
“DUARTE LILIANA ALEJANDRA C/ QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO S/
USUCAPION” – Expte. N° 11540 c/ QUIENE/ES SE CONSIDEREN CON DERECHO
S/ USUCAPION” (Expte. Nº 11140), cita y emplaza por el término de quince (15)
días a partir de la última publicación del presente a quienes se consideren con
derecho sobre el inmueble motivo de la acción, para que comparezcan a tomar
la intervención que legalmente les corresponda, bajo apercibimiento de ley, y
contra quién/es se consideren propietario/s, heredero/s, sucesor/es o se
consideren con derecho sobre el inmueble motivo de la acción, a).- INMUEBLE
ORIGINARIO: Planta Urbana – Manzana Nº 160, domicilio parcelario calle Roque
S. Peña entre Córdoba y y Avda. San Martín, Plano de Mensura Nº 184983,
Partida Nº 111590, confeccionado por el Agrimensor Hugo Sebastián
Rodríguez, expedido por la Dirección de Catastro el 08/10/2005, consta de una
superficie de 650,29 metros cuadrados.- Entre los siguientes límites y linderos:
NORTE: Recta (1-2) S 82° 25’ E de 10,92.lindando con Ricardo Ramón
Arizmende.- – ESTE: Recta (2-3) S 7° 35’ de 59,65 m.- lindando con Tomás
Arizmendi Rufino Suc.- SUR: (3-4) N 8° 25’ O de 10,92 m, lindando con calle
Roque S. Peña.- OESTE: Recta (4- 1) 7° E de 59,55 m; lindando con Damián
Desiderio Vega.- La resolución que así lo dispone dice: ”Rosario del Tala, 06 de
marzo de 2026.- Proveyendo escrito remitido electrónicamente en fecha
27/02/2026, atento que se acompañó nuevo informe de dominio corresponde
en este estado dejar sin efecto lo resuelto en fecha 15/12/2025.- En
consecuencia, téngase por promovido el presente juicio de PRESCRIPCIÓN
ADQUISITIVA DEL DOMINIO de parte de LILIANA ALEJANDRA DUARTE contra
QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO…Previo juramento previsto por el Art.
142 CPCC, cítese por edictos, que se publicarán por dos días en el Boletín
Oficial y en un diario local y/o radiodifusión local, a quienes se consideren con
derecho sobre el inmueble motivo de la acción, para que comparezcan a tomar
la intervención que legalmente les corresponda en el término de QUINCE DIAS,
bajo apercibimiento de ley. Los edictos ordenados deberán ser confeccionados
de acuerdo a los modelos de uso obligatorio contenidos en el Anexo II del
Reglamento para el Fuero Civil y Comercial del Poder Judicial de Entre Ríos…
Notifíquese conf. Ac. Gral STJ Nº 15/18 de fecha 29-05-18, Punto Tercero.-
Firmado digitalmente por OCTAVIO VALENTÍN VERGARA – Juez
PUBLIQUESE POR DOS (02( DIAS).-
R. del Tala, 12 de marzo de 2026.-
Firmado digitalmente María Luciana Capurro – Secretaria