de
Investigación de la Comunicación
São Paulo (Brasil) 12 al 14
de mayo de 2005
"Democratizar la
comunicación: una tarea pendiente?
25 años de NOMIC…"
Título
de la Ponencia que se presenta:
"Voz y
Palabra de los Poderes Judiciales Provinciales
en la Rca.
Argentina"
Autora: Prof. Inés GHIGGI
Titulos o graduaciones y Cargos que ocupa:
1.- Profesora de Ciencias de la Educación y Locutora
Nacional con práctica periodística. Docente de la Lic. en Comunicación Social,
de la Facultad de Ciencias de la Educación, Universidad Nacional de Entre
Ríos.-
2.- Jefa de Despacho a cargo de la Oficina de Prensa
del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.-
País: Argentina
E-mail: ighiggi@hotmail.com
// inesghiggi@aol.com
Grupo de Discusión escogido:
Cómo
democratizar la comunicación en las organizaciones?
Coordinadores: Gabriel Kaplún (Uruguay)
Paulo
Nassar (Brasil)
À
RESUMEN
En materia de
"Periodismo Jurídico o Judicial", el cuadro situacional de la Rca.
Argentina, parece estar cambiando sustancialmente. La "disfonía" que
alguna vez dije observar en el Poder más cuestionado en la actualidad, por los argentinos, está cediendo. Los
Poderes Judiciales Provinciales, intercambian experiencias informativas.
Ensayan a ese respecto, políticas individuales y de conjunto. Componen su
propia voz. Construyen su palabra; vertebran su discurso. Sientan las bases de
su propia democratización. A eso refiere, el presente trabajo. Y a las
particularidades de sus Oficinas de Prensa recientemente creadas y/o
desarrolladas, orgánicamente. Al perfil de sus responsables que como "centauros comunicacionales", mitad
Periodistas y mitad Comunicadores Institucionales, alumbran una modalidad nueva
en el ejercicio profesional, capacitando y capacitándose. Y a las redes
informativas que desde allí se trazan en esta nación, que tomó su nombre del
brillo y el sonido de la plata, el argento, y al mundo se presenta como Argentina.-
Prof. Inés Ghiggi
15.3.05
PALABRAS
CLAVES:
Periodismo
Jurídico o Judicial-Poder Judicial-Información Judicial- Ofi-////
cinas
de Prensa-Tribunales-Inés Ghiggi.-
"VOZ Y PALABRA DE LOS PODERES JUDICIALES PROVINCIALES EN LA RCA.
ARGENTINA" [1]
Prof. Inés Ghiggi
INTRODUCCION
De la "disfonía"
del P. Judicial, a la voz y la palabra propias.
En el año 2.003
escribí un trabajo que titulé "Acerca del Periodismo Jurídico y la "disfonía" del Poder Judicial[2].
Decía por entonces: "La difusión de
los actos de gobierno es una de las
obligaciones republicanas del Poder Judicial. Sin embargo, su voz oficial suele
presentar cierta "disfonía" a la hora de dar a conocer sus fallos y
sus decisiones respecto al manejo de los asuntos judiciales… Ha llegado el
momento de pensar en conformar un cuerpo curricular específico que imbrique
contenidos y prácticas del Derecho y las Ciencias de la Información y la
Comunicación, para perfilar esta nueva práctica profesional en ciernes: el Periodismo
Jurídico. Pero ha llegado también el momento de crear y/o consolidar
definitivamente los Organos de Prensa
del Poder Judicial y de ponerlos a cargo de profesionales de la
comunicación, especializados en esta materia tan singular como es la de la Información Tribunalicia…".
En aquel tiempo,
ciertamente, el Poder Judicial de las provincias argentinas tenía una
asignatura pendiente. Tanto en el trazado de su política informativa, como en
el ejercicio concreto y periódico de la difusión de sus actos. Porque no
obstante la recuperación del sistema democrático operada en 1.983, en la
República Argentina, el S. XXI había encontrado a la Justicia provincial, sin
terminar de democratizarse. No cumplía orgánica y fehacientemente con el
mandato republicano de dar a conocer sus decisiones.-
Hoy, a escasos
dos años de aquella ponencia académica, todo parece indicar que la disfonía,
está cediendo. Los Poderes Judiciales de las Provincias argentinas,
intercambian experiencias informativas. Ensayan a ese respecto, políticas
individuales y de conjunto. Componen su propia voz. Construyen su palabra;
vertebran su discurso. Y en un Encuentro Nacional reciente, han hecho
recomendaciones conjuntas en materia de prácticas informativas, contribuyendo
así a sentar sólidas bases para los procesos individuales y colectivos de
democratización de las estructuras judiciales.-
I Encuentro Nacional de
Encargados de Prensa de la
Justicia Provincial
Argentina.-
Con el correr de
los años y el fragor de las demandas cívicas operadas en la Argentina tras la
recuperación del sistema democrático,
pero sobre todo, a partir del tercer milenio, las diferentes Cortes y
Superiores Tribunales del país, fueron sistematizando poco a poco la difusión
orgánica de sus actos de gobierno. Con Oficinas de Prensa o Información Pública
explícitamente creadas en algunos casos; con agentes de Prensa funcionando en
dependencias de las reparticiones de Ceremonial y Secretaría Privada en otros y
hasta con humildes esbozos de lo que en un futuro pretende ser un órgano de
difusión, en otros más, el Poder Judicial de las provincias argentinas se está
haciendo cargo, paulatinamente, de su obligación republicana de dar a conocer
sus políticas y decisiones, adviertiendo además, que sus Cortes y Superiores Tribunales deben
trabajar mancomundamente para "contribuir
a perfeccionar las respectivas
administraciones de justicia provinciales"[3].
Ello, habida cuenta además, de que la ciudadanía argentina, no suele distinguir
la justicia nacional de la provincial, propia de nuestro sistema federal de
gobierno y que cuando por otra parte nuestro pueblo clama por
"JUSTICIA", a voz en cuello, en concentraciones y piquetes, no sólo
que engloba en un solo término, dos tipos diferentes de servicio de justicia,
sino que está demandando además (sea conciente o no de ello), un "sistema justo", una estructura que
contemple una distribución más equitativa de la riqueza y un estado que vele y
se responsabilice por servicios esenciales como lo son: salud, educación y
vivienda, para los que menos tienen.-
En la Argentina,
cada una de las 23 provincias que conforman la República, tiene su propia
Constitución, su propio Código de Procedimiento, su propia Corte o Superior
Tribunal de Justicia y todas, a su vez, según el tipo de delito y la
jurisdicción en que los hechos se produzcan, cuentan con Tribunales nacionales
con representación federal en cada una de ellas. Mas, en lo estrictamente
atinente a la Justicia Provincial, las Cortes y Superiores Tribunales de
Justicia del país, comenzaron a advertir, allá por 1.985, que había
problemáticas comunes y que comunes debían ser, algunas de las soluciones que
juntos podrían pergeniar, para superar sus escollos estructurales. Y así fue
como comenzaron a reunirse para intercambiar experiencias. Entre ellas, las vinculadas con la difusión
de la información judicial. Pero no fue sino hasta nueve años después, en
Agosto de 1.994, que se constituyó en Asamblea, la Junta Federal de Cortes y
Superiores Tribunales de Justicia de la Rca. Argentina, en San Miguel de
Tucuman, aprobándose su Estatuto en noviembre de 1.995 en la ciudad de Paraná,
capital de la Provincia de Entre Ríos, oportunidad aquella en la que se
autodenominó, finalmente, JUNTA FEDERAL DE CORTES Y SUPERIORES TRIBUNALES DE
JUSTICIA DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS (JU.FE.JUS.). Y esa asociación resultó (y
resulta), ser clave en el desarrollo de este Poder no partidario pero sí
político, de las provincias de nuestra nación.-
Así, las
primeras luces del S. XXI encontraron a la JU.FE.JUS. ocupada en la
redefinición del Perfil del Poder Judicial en los nuevos tiempos. Y tanto es
así que las Jornadas que se realizaron en Paraná, en Junio de 2.004, se
denominaron justamente: "Perfil del
Poder Judicial para el S. XXI". Se enfatizó en ellas, en materia de
difusión, en la importancia de contar
con Voceros y con Oficinas de Prensa en los Tribunales, a
cargo de personal especializado. Este planteo contaba también, ya por entonces,
con el respaldo académico de investigadores y docentes de distintas Facultades
de Comunicación Social de remotos lugares del planeta, desde donde se venía propiciando (desde hacía tiempo y casi como
correlato), una especialización de post-grado que está denominándose Periodismo
Jurídico o Periodismo Judicial. Pero más allá de las elucubraciones de la Academia, la necesidad se experimentaba
y se la explicitaba ahora, en el seno mismo del ámbito donde se genera su
materia prima: el mismísimo Poder Judicial. Y eso, en sí mismo, constituía un verdadero avance en la materia
que nos ocupa.-
Y fue precisamente esa Junta Federal la que dio un paso
decisivo, en cuanto a información judicial se refiere. Decisivo, en el quehacer republicano en sí y en la historia del Poder Judicial de nuestro
país. El 26 de noviembre de 2.004 convocó por primera vez en la Argentina, a
los Encargados de Prensa de los Tribunales de las veintitres provincias de nuestra
república y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sitio éste donde, por otra
parte, tuvo lugar ese emblemático Encuentro.-
El objetivo del
mismo fue "intercambiar experiencias
y opiniones acerca de la forma de dar a conocer la información de los actos de
gobierno de los Poderes Judiciales de las Provincias".-
La JU.FE.JUS.
sentaba así, las bases elementales para comenzar a urdir el trazado de las
políticas informativas de los Poderes Judiciales Provinciales, contribuyendo a
su vez, activa y enfáticante, a la configuración de esta nueva especialidad de
la Comunicación Social, que es el Periodismo Jurídico o Judicial.-
Participaron de
aquel Encuentro, el Secretario de la Junta, Dr. Rafael Gutiérrez, el Sr. Nestor
Sulla, de la Consultora responsable de la comunicación institucional de JUFEJUS
y representantes de diecisiete Poderes Judiciales de nuestra República: Buenos
Aires. Catamarca, Ciudad Autónoma de Bs.As., Córdoba, Corrientes, Chaco,
Chubut, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, Mendoza, Misiones, Río Negro, Salta
(adjuntando documento ilustrativo de su
labor), Santa Cruz, Santa Fe y Tucumán.-
Los temas
analizados y debatidos fueron, entre otros: características y perfil de una
Oficina de Prensa, en Tribunales provinciales (u Oficina de Información Pública, como se la prefirió
llamar), comunicación interna, temas de agenda, lenguaje jurídico, vocería,
interdisciplina, cobertura periodística de audiencias públicas, política
informativa y formación de periodistas en materia judicial.-
Las RECOMENDACIONES emanadas de aquel
histórico I ENCUENTRO DE ENCARGADOS DE PRENSA DE CORTES Y SUPERIORES TRIBUNALES
DE JUSTICIA DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS, fueron:
1.- Promover la
creación y desarrollo de áreas de comunicación dentro de la Estructura /
del Poder Judicial con dependencia
directa del Superior Tribunal y en forma diferen-
ciada del Area de Protocolo y
Ceremonial.-
2.- Fomentar la
capacitación de Magistrados y Funcionarios, así como de Periodistas, en
especial, bajo la modalidad de Talleres
interdisciplinarios.-
3.- Fortalecer las
comunicaciones internas.-
4.- Estrechar vínculos
comunicacionales con entidades relacionadas al quehacer judi- //
cial, como los Colegios Profesionales,
Gremios afines, Universidades, etc..-
5.- Procurar espacios
para la difusión de información relacionada al servicio de justicia.-
6.- Promover la
realización periódica de reuniones entre los encargados de prensa de los
Poderes Judiciales.-
7.- Propiciar la
comunicación permanente entre los encargados de prensa de todas las ///
provincias entre sí y con la JU.FE.JUS.-
En esa confrontación
de ideas y experiencias; en esa expresión de deseos compartidos y en el
concreto formulado de objetivos comunes, los Poderes Judiciales de las
Provincias argentinas comenzaron pues a componer colectivamente su voz y su
palabra y a vertebrar un discurso que reconoce problemáticas comunes pero
también propias, construidas desde una mirada hacia el interior de cada Poder y
a la vez, desde la estructura de la Junta que ellos mismos componen. Y todo
ello, además, en diálogo permanente, con la comunidad judicial y académica,
teniendo como destinatarios finales, ni más ni menos, que a los propios
justiciables.-
Todo está aún "en potencia", "en
construcción"; "en obras", como últimamente nos está gustando
decir. Pero veamos cómo se encuentra conformado, por ahora, el mapa de las
estructuras informativas de la Justicia provincial argentina. Conozcamos las
características funcionales de sus órganos de prensa y difusión, en cuanto a estructura,
dependencia orgánica e incumbencia laboral y detectemos a su vez, el perfil
profesional que está configurándose en la práctica cotidiana del ejercicio
periodístico, por parte de sus responsables. Es decir, veamos qué nos dice la
práctica informativa de los Poderes Judiciales de las provincias argentinas.
Pero también, qué nos sugiere la teoría y qué indica la reflexión crítica,
respecto a estos temas tan puntuales y novedosos.-
Los Poderes Judiciales Provinciales y sus
estructuras informativas.-
Todos los Poderes Judiciales de las Provincias
argentinas, cuentan con una página web. De ellas, así como de los datos
recogidos en el Encuentro Nacional de marras y de la información recabada
telefónicamente con relación a sus estructuras informativas, en algunos casos,
y vía mail, en otros, surge que de los veinticuatro estados argentinos que
conforman la JU.FE.JUS -23 provincias y una Ciudad Autónoma-, diecinueve (19)
cuentan actualmente con una Oficina de Prensa. A la sazón, las Provincias de:
Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos,
Formosa, Jujuy, La Rioja, Mendoza, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Santa Fe,
Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Tucumán y también la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.-
Ese 79% de los estados argentinos mencionados, difunde
información judicial con modalidades heterogéneas, desde organismos de entidad,
nomenclatura y dependencia jerárquica, diversas.-
Algunos han sido
creados orgánicamente y otros funcionan de
hecho. Diez (10) lo hacen en forma independiente y nueve (9), como parte de estructuras mayores que
incluyen tareas de difusión informativa del quehacer judicial, como lo son,
según la provincia de la que se trate, las áreas de: Recursos Humanos, Relaciones Institucionales y Dirección de Control de
Gestión.-
De esos órganos
de prensa judicial algunos son Oficinas, otros Secretarías, otros
Departamentos, y otros Divisiones. Así,
se los denomina: Oficina de Prensa;
Oficina de Prensa y Comunicaciones; Dirección de Prensa y Difusión; Ceremonial y Prensa; Dirección de Ceremonial; Secretaría Privada
y Prensa; División de Ceremonial; Tecnología y Prensa; Dpto. de Prensa y
Relaciones Públicas; Ceremonial, Protocolo y Prensa; Secretaría de Información
Pública; Dirección de Medios de Comunicación y Ceremonial, Relaciones Públicas,
Prensa y Vocería.-
Casi la mitad de esas estructuras informativas -nueve (9)- publican información propia en sus sitios de internet, referida generalmente a cuestiones administrativas o de superintendencia y en algunos casos, a causas puntuales de interés público. Se trata del 47% de ese 79% de estados que dan a conocer sus actos de gobierno judicial. A saber: Buenos Aires, Chubut, Entre Ríos, Formosa, Mendoza, Salta, Santa Cruz, Santa Fe y Santiago del Estero. Gráficamente puede sintetizarse entonces, esta información, de la siguiente manera:

De los 24 estados de la JU.FE.JUS., el 79% cuenta con Oficinas de
Prensa.-

De ese 79%,
el 47% tiene información propia en
línea.-
La información
propia que los Podres Judiciales de mención dan a conocer "en línea",
recibe denominaciones diversas: Noticias
o Novedades Judiciales, Gacetillas Informativas o Partes de Prensa. Algunos
de esos mensajes informativos son extensos e incluyen tratamientos de fondo;
otros son más acotados y breves y hasta los hay con textos diferenciados según
se trate de Medios gráficos, orales o audiovisulaes. Tal, el caso de los Partes
que difunde la Oficina de Prensa y Comunicaciones de la Corte de Justicia de
Salta, que incluye resúmenes específicamente concebidos para Radio y
Televisión. Y tanto Entre Ríos como Mendoza, mantienen en línea también, notas
de Archivo. En el primer caso, además, con Indice Temático para facilitar la
búsqueda de antecedentes.-
Chaco publica en
su Página de Internet, noticias de todo género, de diarios locales, nacionales
e internacionales, pero no noticias propias. Mendoza da a conocer en ese medio, información provincial y también la que
emana de ese mismo Tribunal. Y La Rioja, no obstante tener Oficina de Prensa,
no emite información por escrito. Ni en los Medios, ni en la web. Se limita a
convocar a los Periodistas y efectuar declaraciones o a ofrecer Conferencias de
Prensa.-
En la decisión
de estas Cortes y Superiores Tribunales, de difundir información judicial,
aparecen al menos tres líneas
motivacionales que en algunos casos, co-existen: mejorar la relación con la
Prensa y por medio de ella, con la comunidad, dando a conocer brevemente las
actividades del Cuerpo, como en el caso de Santa Fe; “revertir la generalizada y negativa imagen de la justicia, como lenta y
corrupta, aumentando para ello el caudal informativo que se genera a diario en
la Justicia y darle un cauce uniforme. .. convirtiendo al Poder Judicial en
´generador de contenidos´", como expresamente se propone la Oficina de
Prensa y Comunicaciones de Salta; o "informar, comunicar y educar"
como explícitamente procuran la Oficina de Prensa de Entre Ríos y la de
Información Pública de Mendoza[4].-
Y de las 24
Cortes y Superiores Tribunales que integran la JUFEJUS, dos (2), han trazado clara, expresa y directamente no
sólo políticas de comunicación, sino también Planes Estratégicos: Salta y Mendoza.-
No cuentan aún con órganos de prensa, los Poderes
Judiciales de: La Pampa, Misiones, Neuquén, San Juan y San Luis. Ellos suelen
proporcionar partes formales de prensa vinculados con actos de juramentos o
similares, desde sus Secretarías de Superintendencia o de Presidencia del
Cuerpo. Y en algunos casos, cuando se trata de resoluciones de gran relevancia
pública, suelen convocar a veces al Periodismo y le entregan copias de las
mismas.-
Publicación de Jurisprudencia.-
Los fallos jurisprudenciales son
publicados en la Justicia Provincial Argentina, por medio de Editoriales, en
soporte textual o digital y algunas provincias, como Buenos Aires, Chubut,
Córdoba, San Luis… también los dan a conocer en sus Páginas web. Entre Ríos lo
ha dispuesto de igual manera y actualmente se encuentra en construcción su
nuevo sitio, en el que se prevé incorporar pues, novedades jurisprudenciales con información protegida conforme
derecho, que periódicamente se irán renovando.-
En esta materia
hay, por cierto, en Argentina, una tradición de larga data. Así, en su Página
de internet, la Corte Suprema de Justicia de la Nación incluye un
artículo que da cuenta de que esa tradición se instaló el 15 de enero de 1863 y que "en septiembre del año siguiente comenzó a editar la colección de
`Fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación´, que sigue publicándose
actualmente"[5]. Además,
la información jurisdiccional concreta, respecto a cantidad de expedientes
puestos a Despacho y a fechas de ingreso, vencimiento y salida, con resolución
o sentencia, se condensa mediante datos Estadísticos que se publican en los
Boletines Oficiales de las diferentes provincias. Esta es por cierto una forma
palpable y tradicional mediante la cual, la Justicia Provincial hace público
ante los ciudadanos, desde hace muchos años, sus actos de gobierno. Pero, cabe
reconocer, su eficacia es más que limitada. Porque en la faz práctica, el
hombre de todos los días, no suele tomar contacto con ese tipo de publicación
oficial y si lo hace, se encuentra con datos numéricos que poco y nada le permiten
comprender acerca del desempeño de los magistrados que integran el Poder
Judicial, ni del estado de la tramitación de esos expedientes, viéndose en
consecuencia, altamente restringida su posibilidad de controlar sus actos, como
determina el sistema republicano de gobierno.-
Dependencia e incumbencias de las Oficinas de Prensa
de los Tribunales.-
Así como a nivel
nacional la Secretaría de Medios depende en la Argentina, directamente del
Poder Ejecutivo, es conveniente que este órgano de prensa dependa directamente
del máximo Tribunal de cada estado y esta es precisamente, una recomendación
expresa que se formuló al término del Encuentro de Encargados de Prensa
tribunalicia, de noviembre de 2.004, al que antes nos referíamos.
Preferentemente, incluso, la Oficina de Prensa debe depender, a mi criterio, de
su Presidente, como es el caso del Superior
Tribunal de Entre Ríos y del de Chubut y, en forma ascendente, conforme
la complejidad y/o delicadeza del caso del que se trate, de la Comisión
competente y del Cuerpo en pleno.-
Triangular la
gestión con la intermediación de un Secretario de un área mayor, como
Superintendencia, Gestión, etc., que debería consultar a su vez con el
Presidente, la Comisión o el Cuerpo, el producto final, sería burocratizar la actividad.-
La función principal de una Oficina de Prensa o de Información Pública
de los Tribunales, es esencialmente, la de ser la Voz y la Palabra de la Corte
o Tribunal y de todo el Poder Judicial de la capital y/o de la provincia, según
el alcance que a la misma quiera dársele. Pero tampoco debe serle ajena, la
difusión de los actos provenientes del quehacer de las Escuelas de la
Magistratura y de las Secretarías Electorales.-
Si de Corte se
trata y dado que tradicionalmente la información jurisdiccional ha sido dada a
conocer a través de áreas como Biblioteca
y Publicaciones o más recientemente, Fallos
Jurisprudenciales, la Oficina de Prensa o Información Pública deberá
difundir, como se dijo, fallos de
relevancia, por su materia, por su trascendencia pública o por la novedad que
los mismos introducen. Y deberá hacerlo además, en forma clara, dinámica,
suscinta y adaptable a cualquier Medio de Comunicación, así como a un receptor
medio, al cual debe interesar e informar. Y si tal Oficina pertenece a un
Superior Tribunal que además de la tarea jurisdiccional desarrolla la que se
conoce como de superintendencia y que corresponde a la faz administrativa del
gobierno del Poder Judicial, deberá también la misma, dar a conocer ese tipo de
información, al igual que en el caso anterior, a través de Partes de Prensa o
Gacetillas Informativas.-
Para conformar un órgano de
prensa, cada Poder Judicial debe partir
de su propia y particular historia para que a la luz de la sana crítica y
conforme los cambios coyunturales que se hayan ido operando a lo largo de los
años, puedan capitalizarse las experiencias anteriores, racionalizándose
esfuerzos. Así, de acuerdo a las puntuales características del entorno que le
es propio, del medio social al que pertenece y de los propósitos que orientan
la labor, se podrá diseñar entonces, el organismo que cada realidad
tribunalicia demande.-
Y esta cuota de historicidad que la creación de una
oficina de este tipo requiere, no deberá jugar sólo en función del pasado. La
historia que en el presente se está forjando y la que se pretende urdir,
deberán también jugar aquí un rol preponderante. En el hoy, el pasado existe
virtualmente y el futuro, está alumbrándose. De modo que las Oficinas de Prensa
o Información Pública deben contribuir al servicio de justicia y en
consecuencia, al mejoramiento de la calidad de vida y al desarrollo de pueblos
y sociedades. Y por lo tanto, las tareas de educación, prevención y hasta de acción
social, tampoco deberán serles ajenas. Así parecen entenderlo las Oficinas de
Prensa del Tribunal de Chubut y de la Corte de Salta, a juzgar por algunos de
sus Partes.-
La Oficina de Prensa y Difusión del Superior Tribunal de
Justicia de la provincia de Chubut informó el 12.2.05, que ese Tribunal había
mantenido reuniones con miembros de
diferentes sectores de la comunidad, como la Sociedad Rural y la Cámara
de Industria y Comercio de esa Provincia y al
término de las mismas, también con los Periodistas de la zona, "a fin de interiozarse de las
diferentes inquietudes y preocupaciones e intercambia(r) ideas, con el objeto de ajustar los
mecanismos necesarios para que los procesos judiciales de todas las instancias
alcancen el objetivo buscado". Y, por su parte, la Oficina de Prensa y
Comunicaciones de la Corte de Justicia de Salta, difundió el 10.2.05, que desde
el año pasado, dicha Corte está llevando adelante, un programa que se denomina
"La Justicia sale a las escuelas", fruto de un convenio entre la
Escuela de la Magistratura perteneciente a esa Corte y el Ministerio de
Educación de esa Provincia. "...
para dialogar con alumnos del último año de nivel Polimodal de distintas
escuelas capitalinas … explicándoles ... nociones básicas sobre cómo acceder a
la Justicia, además de responder a inquietudes individuales (y que), junto con la charla, la escuela recibe una guia rápida de
teléfonos, direcciones y otros datos elementales de las distintas dependencias
judiciales"[6].
Vale decir, a mi entender: Tribunal, Comunidad y Prensa, en busca de la actual
y verídica significación que los ciudadanos de este siglo y esas regiones del
país, otorgan al concepto de "justicia" y al servicio concreto que
ellos demandan del Poder Judicial. Y esto también es comunicar, así como educar
y prevenir; en consecuencia, es esta otra faceta más de la tarea a emprender
desde una Oficina de Prensa y Difusión, de un Poder Judicial provincial.-
Pero Salta va más lejos, aún. Su Plan Estratégico de
Comunicación propicia la constitución de un Comité
de Crisis, integrado según reza dicho Plan, por los miembros de la Corte,
la titular de Superintendencia y los integrantes de la Oficina de Prensa. Su
objetivo: "evaluar situaciones de
crisis, sus posibles consecuencias, delinear acciones a seguir, recibir
informes necesarios y realizar un monitoreo constante para diagramar
respuestas".-
De abrir nuevos
caminos en materia de información judicial, se trata. Y es esta una materia muy
nueva, tanto para Abogados como para Comunicadores. La especialidad es por el
momento y más que nada, un anhelo; un anhelo que también incluye la capacitación a través de Seminarios,
Cursos y Talleres y la investigación[7].-
Del tradicional "marcado" de diarios, a la
Vocería y los Informes.-
La tarea más tradicional que se realiza en una Oficina de
este tipo, es la de recopilar noticias de medios gráficos, digitales y a
veces tambien, radiales y televisivos, con relación a informaciones vinculados
con este Poder. Y la más reciente pero aún no generalizada, la Vocería.
La figura de el o la Vocero, nos
remite a la posibilidad de que la persona responsable de la Oficina de Prensa
represente al Tribunal e interactúe directamente con los Medios, en forma
permanente o dinámica -según como se lo halle conveniente en cada Corte o
Superior Tribunal, conforme su particular historia-, dando a conocer en forma personal, la información oficial del
mismo. Es imprescindible a este respecto que tal persona goce de autoridad
moral y profesional, tanto entre sus pares como en la sociedad toda. Debe poder
expresarse con fluidez, solvencia y amabilidad; pues a través de su figura y
sus palabras, el Tribunal se estará comunicando con la comunidad; lo cual
equivale a decir que su imagen depende también de aquélla[8].-
Es imprescindible contar con un Directorio de Medios, Comunicadores y, en especial, Movileros, con los cuales conformar
una red difusora estable, para remitirles información en forma periódica y
regular, via electrónica y también, como refuerzo, textual, de entrega directa,
para los medios y periodistas especializados en el tema, con asiento en la
ciudad en la que funciona la Oficina de Prensa o Información Pública, del
Tribunal. No será lo importante aquí la cantidad
de Medios ni de Comunicadores con los cuales se mantenga contacto, sino la
seriedad e idoneidad de los mismos. Más vale una red pequeña pero firme,
solvente, y no vasta pero ligera y superficial, en el tratamiento de la
información.-
En temas
puntuales de profunda y polémica actualidad resultaría conveniente realizar además, en la medida de las
posibilidades, Informes sonoros y
televisivos breves, desde la propia Oficina, para distribuirlos en
condiciones de ser sacados al aire, directamente. Este material debería incluso
archivarse en vistas a la reutilización del mismo en otros contextos o a fin de
utilizarlos como antecedentes de noticias futuras, conformando así la Fonoteca
o Videoteca del Tribunal que ingresará al patrimonio periodístico de la
Oficina.Esto resultaría de muchísima utilidad además, si se llegarse a contar con un espacio propio en los Medios, lo cual
garantizaría plenamente la difusión de la genuina voz de la Justicia y es algo
totalmente legítimo y oportuno de así demandar -incluso sin cargo- en los
medios públicos con los que aún cuenta el Estado, en algunos casos nacional y
en otros, provincial.-
Recursos Humanos.-
En la Argentina,
la mayoría de las Oficinas de Prensa de los Tribunales provinciales, son
unipersonales, realizando sus encargados tan
numerosas, como disímiles tareas. Así, uno de ellos confiaba a sus
colegas en aquel primer encuentro: "hago
contacto con los Medios, redacto borradores de discursos, artículos, notas, soy
editor de revistas y libros, capacito... y hasta he hecho videos de rescate
histórico…"
Para que una
Oficina de Prensa como la que estamos hablando funcione adecuadamente, debiera
contar por lo menos, con un servicio de
base, compuesto por un Responsable
de la misma, especializado en Periodismo, Comunicación y Educación, que podría oficiar a la vez de Vocero, así
como de Locutor y Moderador, en Conferencias, Ruedas de Prensa, Actos
Protocolares del Tribunal y demás eventos académicos en los que éste sea el
organizador; un Técnico o Licenciado en
Comunicación con idoneidad en el manejo de recursos técnicos de audio, imagen
e informática y un personal de
maestranza encargado de la limpieza y atención del personal y de la
distribución de gacetillas, oficios, etc.-
Antes de incorporar personal a esta Oficina, se sugiere
tener en cuenta (por una cuestión de costos y de conocimiento del entorno
judicial), al personal de planta que
por su capacitación pueda ser afectado a esta actividad. El recaudo que habría
que tomar, eso sí, sería que el agente
garantice estar exento de compromiso profesional, ya sea con relación a un medio
o agencia periodística en particular y/o institución, cuyos intereses pudieren resultar contrapuestos con los del Poder
Judicial. Y con el tiempo, una vez delimitado el campo de conocimiento
específico de dicho organismo, conforme las características de cada Corte o
Tribunal, así como las incumbencias funcionales de su personal, podría pensarse
en convocar a Concurso para tales cargos, si así lo determina la Ley Orgánica
del mismo, abriendo la convocatoria a los profesionales del medio. Considero, en este sentido, que
se trata de una experiencia que deberá ir cumpliendo diversas etapas, hasta
llegar a delinearse acabadamente. El Periodismo Jurídico o Judicial está en
ciernes, no existe aún ninguna especialidad de este tipo, orgánicamente
constituida.-
Perfil del Encargado de Prensa de los Tribunales
La figura del Encargado de la Prensa Judicial se
encuentra a mitad de camino entre la actividad periodística en sí, y la
comunicación institucional. Es una suerte de centauro comunicacional. Mitad Periodista y mitad Comunicador Institucional. Pero ni uno ni
otro. Un perfil nuevo para un nuevo desempeño profesional. Pues mientras el primero consulta fuentes heterogéneas e informa
la verdad de lo acontecido; el segundo da a conocer aquello que una sociedad o
empresa desea hacer saber a los demás, en beneficio propio, sea cierto o no. Y,
precisamente, el Informador de los Tribunales no podrá posicionarse ni en uno
ni en otro lugar; deberá construirse un sitial diferente, propio de su
particular función.-
Analicemos. "…la comunicación no exige la verdad con
la misma fuerza con la que sí la demanda la información"[9].
Porque comunicar implica dar a conocer algo a alguien, hacerlo partícipe,
aunque no sea cierto. En cambio, la información que no es veraz, no es información.
Es incluso comunicación, pero no
información. De modo que una empresa podrá sí valerse de la "comunicación
institucional" para imponer un producto, granjearse la preferencia de sus
clientes, o apaciguar sus quejas. Pero el Poder Judicial, no. Si pretende
"informar" a la población, deberá decir siempre la verdad; deberá
emitir mensajes verídicos. Pero
también oportunos y pertinentes, respetando los plazos y las garantías
procesales Y como a su vez el responsable de esa Oficina no es un periodista
independiente que deba salir a confrontar fuentes, sino que su función es
difundir la verdad procesal o jurídica, en el marco del Derecho y el
Procedimiento, habrá ocasiones en que deba omitir información, por las aludidas
razones de oportunidad o pertinencia, o que tenga que apelar a determinados
giros o construcciones sintácticas, para morigerar situaciones embarazosas;
pues su mensaje deberá observar siempre
la mesura y el equilibrio que caracteriza (o al menos debiera caracterizar) al Poder Judicial, aún cuando resultare
agredido por la propia opinión pública. Pero nunca deberá suponer, adelantar, sugerir, confiar pidiendo reservas… y mucho menos deberá faltar o tergiversar la verdad. Ni
siquiera para aplacar a las víctimas o a la opinión pública. Porque no es éste
una empresa o un comercio que deba congraciarse con sus clientes, ni
"convencerlos" o "persuadirlos", sino, precisamente, un
Poder del Estado, que presta un servicio. Y nada menos, que el servicio de
Justicia. De allí entonces, precisamente, que informar, deba ser para él, un
acto de justicia más, en el que el
Informador de los Tribunales, será su agente operador. Y es por ello que no
pareciera apropiado para esta "metier" valerse del off the record ni del trascendido, como estrategia para llevar
a la comunidad la información que ésta
demanda, en los tiempos que los medios exijen, tal como propone uno de los
planes comunicacionales a los que hemos aludido. Porque con ello, pueden
vulnerarse derechos y garantías del debido proceso. Y en esto se debe ser muy
cauteloso. La información que se brinde desde los Tribunales debe ser orgánica,
ajustada al derecho y al procedimiento, fundada, documentada, sobria,
comprensible para el común de la gente y debe distribuirse equitativamente
entre Medios y Comunicadores, guardándose copia textual de la misma (fuere cual
fuere su soporte), firmada por el responsable de la Oficina y también su
borrador, en lo posible, por el magistrado autorizante.-
Las tareas del Encargado de la Prensa Judicial y la del
Periodista de los Medios, son diferentes, pero complementarias. Cuando la del
primero termina, la del segundo, recién debe comenzar. Porque las perspectivas
y las obligaciones, son distintas. El primero da la visión de una de las partes
intervinientes en el hecho que se comenta; es tarea del segundo investigar las
de las restantes y confrontarlas desde la pluralidad de personas e ideas y
preguntar incluso por aquello que el otro tal vez ignoró o calló.-
Herramientas Prácticas para el ejercicio del
Periodismo Jurídico.-
Tras lo dicho, mucho podrá ayudar también, en la faz
práctica del ejercicio de este nuevo rol profesional del Comunicador, la
elaboración de un Glosario Jurídico
propio de cada provincia, dada la diversidad procedimental, cultural y de
léxico, sintaxis y registros de habla, de la Rca. Argentina, la construcción de
un Código de Estilo que guíe u
oriente acerca de dependencias judiciales, fueros, competencias,
jurisdicciones, instancias, tiempos procesales, normativas específicas, fuentes
informativas judiciales, técnicas mediáticas apropiadas para el Periodismo
Jurídico o Judicial y blbiografía específica sobre los Procedimientos
Judiciales y el Derecho a la Información. Y, de igual manera y como colofón, un
Código de Etica que regule la
relación entre Prensa y Justicia[10],
a ser elaborado y observado tanto por Periodistas como por Magistrados,
Funcionarios y Empleados del Poder Judicial, ya que a todas estas partes la
información judicial compete y conforme como se la construya y difunda,
aportaremos a fortalecer o a socavar, el sistema democrático de un país.
Porque, en definitiva: "El acto informativo es una forma más del acto de
justicia, una ocasión más de dar a cada uno lo suyo…"[11].-
Prof. Inés Ghiggi
Abril/05
[1] El presente trabajo fue declarado “de interés judicial” por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, Argentina, mediante Acuerdo General Nº 12-Punto 3º del 3.5.05.-
[2] Dicha ponencia se encuentra registrada en las Memorias del XI Encuentro Latinoamericano de Facultades de Comunicación Social "Comunicación, Democracia y Ciudadanía", celebrado en San Juan de Puerto Rico, del 5 al 8 de octubre de 2.003 y en las del Congreso Provincial sobre la Reforma Procesal, organizado por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales y la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Entre Ríos, Argentina, realizado en la capital de la misma, Paraná, del 23 al 24 de octubre de 2.003. Fue declarada de interés judicial por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (Argentina), el 24.2.04. La misma, sucedió a una tríada de ensayos que también me pertenecen y que se agruparon bajo el título "Abordajes Comunicacionales Atípicos -El ´Caso de Alma K.´" ("Un Alma Especial"), declarado de interés por los tres Poderes del estado provincial. En ella, a partir del relato de un caso de supuesto abandono de una persona encontrada desnuda y a la intemperie en un medio rural, se da a conocer la investigación periodística realizada en torno al tratamiento informativo de esa noticia judicial en los medios locales y nacionales, se analiza la formación académica y ética que demandan casos comunicacionales atípicos como éste y la necesidad de trabajar interdisciplinariamente en algunas prestaciones del servicio de justicia. Dichos ensayos integran las Memorias del VII Congreso Iberoamericano de Comunicación (IBERCOM) “Presente y Futuro de las Profesiones de la Comunicación”, organizado por AssIbercom y CFJ (Centro de Formación de Periodistas), llevado a cabo en Maia, Oporto (Portugal), del 16 al 18 de noviembre de 2.002.-
[3]
Este propósito figura precisamente así explicitado en el Acta constitutiva de
la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de las Provincias Argentinas
(JU.FE.JUS), de agosto de 1.994.-
[4] Cabe destacar incluso, a este respecto, que según comentara uno de los representantes de esa Oficina de Información Pública, de Mendoza, en el I Encuentro de Encargados de la Prensa tribunalicia, ésta tomó antecedentes de la Of. de Prensa de Entre Ríos, del aludido ensayo de mi autoría “Acerca del Periodismo Jurídico y la disfonía del Poder Judicial”, consultado vía internet, observándose puntos en común.-
[5] En el sitio www.csjn.gov.ar puede leerse, además: "En el Prefacio al primer tomo de `Fallos´, el secretario del Tribunal, Dr. José M. Guastavino señaló que las decisiones de la Corte, que tienen `el carácter y la autoridad de ley obligatoria para todos los Estados y todos los individuos, es preciso que sean conocidas del pueblo. Al lado de la influencia y poder que ejercen sobre la garantía de los derechos y sobre la suerte y organización del país, es necesario agregar la publicidad, no sólo porque todos los que habitan el suelo de la República pueden ser en ellas heridos o respetados en sus derechos, sino también para levantar ante el tribunal de la Corte Suprema el poder de la opinión del pueblo, quien, a la par que gana en inteligencia con el estudio de las decisiones judiciales, con su censura hace práctica la responsabilidad de los jueces, los cuales ganan a su vez en respetabilidad y prestigio ante sus conciudadanos, según sean la ilustración y honradez que muestren en sus decisiones. De esta manera logra también el pueblo, por un medio indirecto, pero que obra poderosamente sobre el hombre, prevenir la corrupción de conciencia de sus jueces´". (La negrita, me pertenece).-
[6] Gacetilla Informativa del 10.2.05 emitida por la Oficina de Prensa y Comunicaciones de Salta.-
[7] Con este propósito, entre otros, el Tribunal de Entre Ríos incorporará Pasantes de la Lic. en Comunicación Social y recibirá a una profesional extranjera que investigará sobre: "Nuevas Tecnologías de la Comunicación al servicio de la transparencia informativa judicial, en función de la promoción comunitaria y el desarrollo provincial y nacional, en Argentina".
[8] En oportunidad de llevarse a cabo las aludidas Jornadas sobre "El Perfil del Poder Judicial en el S. XXI", tras la disertación del Dr. Adrián Ventura sobre la imagen del Poder Judicial, uno de los magistrados expresó su temor a "que el Vocero termine siendo un hombre de la Prensa en el Poder Judicial y uno un hombre del Poder Judicial en la Prensa". En el momento no se reparó demasiado, me parece, en tal expresión. Pero, en mi humilde criterio, la misma resulta clave, en este asunto. Porque en el libre ejercicio de la profesión puede el Periodista permitirse ciertas estrategias, opiniones, dudas, especulaciones al formular declaraciones… pero no deberá ser así un Vocero de la Justicia. Porque la propia función exige la plena subordinación del rol, a la política del Poder al que representa y al mensaje que éste desea transmitir, siempre y cuando, claro está, no se contraponga ello, con la ética y los principios personales y profesionales del propio Vocero. Mas, de no ser así, cuando éste hable no debe hablar por sí, sino por el Poder al que representa.-
[9] Manuel Fernandez Areal, Prof. titular de Teoría Gral. de la Informac.y Coord.-Decano de la Fac.de Cs. de la Inf. de la Univ.de La Laguna (España), en "La Protección de la Verdad en la Libre Comunicación de Mensajes Informativos" - Jornadas Nac.sobre Libertad de Expresión y Medios de Com., 1.990.-
[10] El Poder Judicial de la Prov. de Santa Fe, tiene un Código de Etica (aprobado por Ac. del 20.3.03) que en su art. 5, regula la relación entre el Poder Judicial y la Prensa y el Poder Judicial de E.R., por su parte, como probablemente suceda también, con otros Tribunales o Cortes del país, tiene varias Acordadas que cumplen tal cometido. Pero estos códigos o reglamentaciones se posicionan solamente en la perspectiva del magistrado y por éstos han sido elaborados. Lo que aquí se propone proviene de una mirada bifocal (en el sentido de enfoque periodístico y judicial) y además, dentro de este último se amplía la perspectiva, incorporándose también, la de funcionarios y empleados.-
[11] Manuel Fernandez Areal, ob. citada.-