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Niegan la rehabilitación para ocupar cargos públicos a un condenado por fraude a la administración pública

La Cámara de Casación Penal rechazó el recurso interpuesto por la defensa de un ex funcionario público de Concordia, que solicitó su rehabilitación, luego de haber sido condenado a tres años de prisión condicional e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos en 2005 por el delito de Fraude a la Administración Pública. Consideraron que no reparó el daño causado por su delito, como así tampoco tuvo buen comportamiento luego de la sentencia, ya que en 2012 fue nuevamente condenado, por quebrantamiento de pena, cuando se constató que pese a la inhabilitación trabajaba en la Municipalidad de Concordia.

        Luis Alberto Goy, ex vocal del Instituto Provincial de la Vivienda de Entre Ríos (Iapv), fue condenado el 9 de Diciembre de 2005 por la Cámara del Crimen de Concordia, que lo encontró autor del delito de Fraude a la Administración Pública en el marco de la causa “Luna, Juan José, Alalí Antonio Omar y Goy, Luis Alberto”. En ese momento, el Tribunal integrado por los Dres. Patricia Pérez, Mariela Rojas y Miguel Giorgio le impuso la pena de tres años de prisión, de cumplimiento condicional, y la inhabilitación especial perpetua para ocupar cargos públicos. El fallo fue confirmado por la Sala Penal del STJ en 2007 y quedó firme.
         A través de su defensor, Dr. Pedro La Madrid, Goy hizo un pedido de rehabilitación, que fue rechazado el 14 de septiembre de 2015 por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia, integrado por los Dres. Jorge Barbagelata Xavier, Martín Carbonell y Carolina López Bernis. Contra esa decisión adversa, la defensa de Goy presentó un recurso de casación.
         En la audiencia ante la Cámara de Casación, el defensor expuso que estaban dadas las condiciones para rehabilitar al ex funcionario, y refutó los argumentos del tribunal concordiense. Afirmó que Goy intentó nreparar el daño causado, allanándose a la demanda que le inició en un Juzgado Civil el Superior Gobierno de la Provincia. La defensa negó que Goy hubiera tenido mal comportamiento después de la condena por Fraude a la Administración, ya que si bien fue nuevamente condenado por quebrantar esa pena, dicha sanción fue por hechos ocurridos en 2006, por lo cual, sostuvo que el ex funcionario del Iapv tuvo un comportamiento correcto desde ese año hasta la fecha.
         La Procurador Adjunta, Dra. Cecilia Goyeneche, refutó el planteo del defensor y solicitó que se confirme la sentencia del Tribunal de Concordia que rechazó el pedido de rehabilitación.
         El Tribunal de la Cámara de Casación, integrado por los Dres. Hugo Perotti, Marcela Davite y Marcela Badano, rechazó el recurso y confirmó la sentencia que denegó el pedido de rehabilitación.
         Entre sus principales argumentos, la Cámara destacó que surge del propio expediente que “Luis Alberto Goy, después de haber sido condenado en fecha 09 de Diciembre de 2005 a la pena de tres años de prisión condicional más inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, quebrantó dicha inhabilitación –ejerció cargo público- y por este nuevo hecho delictivo fue condenado en Abril de 2012”.
         Respecto del otro requisito para solicitar la rehabilitación (la reparación del daño por parte del condenado, en la medida de lo posible), el Tribunal expresó que, si bien “Goy se allanó a la demanda civil que el Gobierno le interpuso oportunamente”, tal allanamiento (que es un modo de finalizar el juicio civil, cuando el demandado reconoce que el actor tiene razón en su pretensión), “no fue concretado”, por lo cual “no configura reparación alguna”. En ese sentido, el fallo resalta que el condenado tuvo tiempo “más que suficiente para efectivizar realmente ese allanamiento” y que no lo hizo, pese a que consta que durante ese lapso el condenado tenía una empresa constructora.
         Se puede acceder al fallo completo en el siguiente enlace.

        Información SIC Nº 160/16 – 27 de julio de 2016.

 

 

 

 

Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER
sic.jusentrerios@gmail.com
prensatribunales@jusentrerios.gov.ar

 

 

 

 

“Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

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