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Condenaron a los dos jóvenes mayores de edad acusados del homicidio del contador Lizarraga

La Sala I de la Cámara del Crimen de Paraná dio a conocer hoy la sentencia de condena a 15 años de prisión para Jonathan Eduardo Roda, y de 8 años de prisión para Julio Luciano Hernández, investigados por el crimen del contador Ricardo Lizarraga, ocurrido el 22 de Agosto de 2014 en la zona de Bajada Grande de la capital provincial. El Tribunal también declaró autores materiales y responsables a otros dos jóvenes que al momento del hecho eran menores de edad, y envió testimonios al Juzgado Penal de Niños, Niñas y Adolescentes para que proceda a la integración de la sentencia.

        El Tribunal integrado por los doctores José María Chemez (Presidente), Miguel Ángel Giorgio y Elbio Osir Garzón, dio a conocer hoy a las 7.30 la sentencia en la causa en la que se juzgó a Jhonatan Eduado Roda, de 20 años, Julio Hernández, de 19 y dos jóvenes que al momento del hecho tenían 17 y 16 años, acusados del homicidio de Ricardo Lizarraga, ocurrido tras el asalto sufrido por su hijo, Hernán Lizarraga, en la zona de Bajada Grande de Paraná, en agosto del año pasado.
         Finalizada la investigación y cuando se había fijado fecha para la audiencia del debate oral y público, las partes presentaron un acuerdo rubricado por la fiscal, Dra. María Carolina Castagno, el abogado de la familia de la víctima, Dr. Javier Martínez, el imputado Roda y su abogado, Dr. Javier Aiani, el imputado Hernández y su abogado, Dr. Juan Pablo Temón, el joven que al momento del hecho tenía 17 años y su defensor, Dr. Martín Navarro y el restante menor de edad, asistido por los defensores Jorge Sueldo y Jorge Balbuena. Allí se dejó establecido que los cuatro enjuiciados, junto a otros dos niños menores de 16 años, asaltaron a Hernán Lizarraga para robarle la moto cuando llegaba a su casa de Avenida Estrada. Que la víctima ingresó a su casa para pedir ayuda, y que su padre, el contador Lizarraga, salió con su vehículo Peugeot 505 en busca de la moto y los asaltantes, hasta que los encontró en Estrada al 1.100. Que en ese momento, recibió un disparo efectuado con una pistola calibre 9 milímetros que le ingresó por el cuello y le causó la muerte en pocos segundos.
         En virtud del cúmulo de pruebas de cargo que incriminaban a los autores, entre otras, el reconocimiento de Roda por parte de Hernán Lizarraga, como el joven que le apuntó con un arma de fuego, las partes acordaron una condena de 15 años de prisión para ese imputado, por el delito de Robo Agravado por Homicidio. La pena incluye una anterior, de 4 años de prisión, recibida por Roda cuando aún era menor de edad. En tanto, al no haberse probado que los otros tres imputados hayan querido cooperar en el homicidio cometido por Roda, pero sí en el asalto, decidieron encuadrar sus hechos en el tipo penal del Robo Agravado por el Uso de Arma de Fuego. En esa lógica, acordaron una pena de 8 años de prisión para Hernández, y que se declare a quienes eran menores, como autores materiales y responsables de ese delito, para que el Juzgado Penal de Niños y Adolescentes integre la sentencia.
         El Tribunal resolvió declarar a Roda “coautor material y responsable del delito de ROBO CALIFICADO POR HOMICIDIO, y CONDENARLO A LA PENA UNICA de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION EFECTIVA…”, comprensiva de una condena anterior dictada por el Juzgado Penal de Niños y Adolescentes de Paraná, y declarar a Hernández “coautor material y responsable del delito de ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO, y CONDENARLO A LA PENA de OCHO (8) AÑOS DE PRISION EFECTIVA…”.
         Los magistrados declararon autores materiales y responsables de Robo Calificado por el Uso de arma de fuego a los menores que eran imputables al momento del hecho, y dispusieron la remisión de testimonios “al Juzgado Penal de Niños, Niñas y Adolescentes de esta ciudad, a los efectos de que se proceda oportunamente a la INTEGRACION DE SENTENCIA”, y mantener la prisión preventiva decretada a Roda y Hernández, hasta tanto la sentencia quede firme.
La sentencia completa se puede consultar en el siguiente enlace

        Información SIC Nº 55/15 – 11 de Diciembre de 2015 .-

 

 

 

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