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Condenan en Gualeguay a catorce años de prisión al responsable de abuso sexual agravado

En el día de ayer, martes 7 de noviembres, se dio a conocer en la sala de audiencias del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay la sentencia dictada en el Legajo N° 130/7 caratulado “S.J.A. s/abuso sexual agravado con acceso carnal reiterado agravado por convivencia preexistente”, en la que se condenó al imputado a la pena de Catorce Años de Prisión, Accesorias Legales y Costas como autor de dicho delito; al haberse considerado suficientemente probados los extremos de la Imputación formulados por el Ministerio Público Fiscal. La condena se hará efectiva una vez que el pronunciamiento adquiera firmeza.

        El Tribunal estuvo integrado por los Dres. Darlo Ernesto Crespo -quien actuó como presidente de causa-, y las Dras. Maria Angélica Pivas y María Alejandra Gómez –como vocales de 2do y 3er voto respectivamente-.
         En las audiencias, que se llevaron a cabo durante los días 23 y 24 de octubre pasado, intervinieron por el Ministerio Público Fiscal el Dr. Ignacio Telenta, por el Ministerio Pupilar la Defensora Oficial en lo Civil Dra. Lardit, y como Defensor Técnico del incurso el Dr. Rubén Gallardo.
         Durante las mismas se recepcionó la prueba ofrecida por las partes y se escuchó sus posturas a través de los respectivos alegatos de apertura y clausura, en los que bregaron exponiendo sus respectivas teorías del caso; solicitando la acusación una pena de dieciocho años, al tiempo que la defensa la absolución de su pupilo, y en subsidio la aplicación de la figura de abuso simple y el mínimo de la pena posible.
         Luego del debate y de la deliberación, analizadas las pruebas y argumentos de las partes, el Tribunal arribó a una decisión unánime, concluyendo que las conductas atribuidas se encontraban debidamente acreditadas con el convergente plexo probatorio producido, constituido fundamentalmente por la verosímil, sentida y creíble versión que emerge de los propios dichos de la niña víctima en Cámara Gesell, el informe practicado por la Licenciada Tonon; lo expresado por los testigos en la audiencia y el informe forense del Dr.Bertozzi, todo lo cual no deja duda alguna sobre lo acontecido, viéndose reafirmada además aquella veracidad con el resto de la prueba de orden informativo, documental y fotográfico colectados, frente a todo lo cual, tanto la negativa del incurso, como las alegaciones de su esforzada defensa, aparecen como comprensibles pero insuficientes esfuerzos frente al poderoso plexo probatorio merituado que lo incrimina, al cual no logran conmover.
         Por todo ello el Tribunal, considerando al incurso autor material y responsable del delito de Abuso Sexual con Acceso Carnal Agravado por la Convivencia Preexistente con la Menor Victima (Reiterado) -arts.45, 119 párr.3ro y 4to, inc. f, del Código Penal (texto ley 25087 vigente al momento de los hechos, art.2 CP.)-, lo condenó a la Pena de Catorce Años de Prisión de Cumplimiento Efectivo, Accesorias Legales y Costas, la que deberá cumplir, una vez que la misma adquiera firmeza, en la Unidad Penal Nº 7 de la ciudad de Gualeguay.

        Información SIC Nº 217/17 – 8 de noviembre de 2017.

 

 

 

 

Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER
sic.jusentrerios@gmail.com
prensatribunales@jusentrerios.gov.ar

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