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Revocan la resolución que concedía la Suspensión del Juicio a Prueba en causa de violencia de género

El Vocal de Juicio y Apelaciones Nº 3 de Paraná, Dr. Daniel J. Malatesta, revocó la resolución que disponía la Suspensión de Juicio a Prueba en una causa por delitos de amenazas y lesiones enmarcada en el contexto de violencia de género. Fue al resolver el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal contra la disposición dictada por el Juez de Garantías.

        La resolución fue tomada por el Dr. Malatesta, en calidad de Juez Unipersonal, en la audiencia oral celebrada el día veinte de abril pasado en el marco de un recurso interpuesto por el Ministerio Publico Fiscal contra la Sentencia del Juez de Garantías de Paraná, Dr. Mauricio Mayer, donde se dispuso la Suspensión de Juicio a Prueba en una causa sobre lesiones y amenazas en el contexto de violencia de género.
        En la audiencia se encontraban presentes la Fiscal, Dra. Mónica Carmona, y en calidad de Defensor, el Dr. Andrés Bacigalupo.
        En su resolución el Dr. Malatesta hizo lugar al recurso esgrimido por la fiscalía donde manifiesta su disconformidad con la Sentencia del Juez de Garantías ya que considera que la víctima se encuentra entrampada en el llamado técnicamente “círculo de violencia” y que el consentimiento manifestado por ésta, para otorgarle a su pareja el beneficio de la probation, se encuentra seriamente condicionado.
        De la misma manera la fiscal, que en su momento ante el Juez de Garantías no otorgó el consentimiento requerido para dicho beneficio, señaló que las diversas retractaciones de la víctima sobre su denuncia y la pericia psicológica que se le realizara oportunamente dan cuenta de que se halla inmersa en dicho “círculo”.
        Así el Dr. Malatesta resolvió hacer lugar al recurso esgrimido por la fiscalía, revocó por no corresponder la Resolución dictada en la causa por el Juez de Garantías Nº 4, Dr. Mauricio Mayer, que concedía el beneficio de la suspensión del juicio a prueba, y ordenó que se remitan las actuaciones a OGA para que se continúe con el trámite procesal.

        Información SIC Nº 76/18 – 03 de mayo de 2018.

Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER
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